El juzgado rechaza el aplazamiento pedido por Baltar y le obliga a comparecer de manera telemática

El presidente del PP de Ourense debía comparecer la mañana de este martes por un posible delito contra la seguridad vial tras ser cazado por un radar a 215 kilómetros por hora con un coche de la Diputación

El presidente de la Diputación de Ourense y presidente del PP de Ourense, Manuel Baltar, durante un pleno extraordinario de la Diputación de Ourense, a 4 de mayo de 2023. - Agostime - Europa Press

El presidente de la Diputación de Ourense y presidente del PP de Ourense, Manuel Baltar, durante un pleno extraordinario de la Diputación de Ourense, a 4 de mayo de 2023. – Agostime – Europa Press

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Puebla de Sanabria (Zamora) ha resuelto no atender la petición de suspensión de la comparecencia del presidente de la Diputación de Ourense, Manuel Baltar. El también presidente del PP ourensano debía acudir al juzgado este martes para un juicio rápido por un posible delito contra la seguridad vial. El pasado 23 de abril fue detectado por un radar de tráfico cuando circulaba, a la altura del término zamorano de Asturianos, a 215 kilómetros por hora utilizando un vehículo de la Diputación y por una vía con limitación de la velocidad a 120.

El barón ourensano pidió la suspensión alegando tener un señalamiento anterior. Sin embargo, el juzgado rechazó la solicitud ya que el juicio rápido se puede celebrar «por medios telemáticos» a lo largo de la mañana de este martes. La comparecencia de Baltar estaba prevista inicialmente a partir de las 09.30 horas.

Las penas

El dirigente popular fue multado con 600 euros–300 por pronto pago– y le fueron retirados seis puntos del carné de conducir, si bien a la vía administrativa se suma ahora la penal al haber excedido, presuntamente, en 84 kilómetros por hora el límite de la vía, tal y como establece el atestado de la Guardia Civil, que aplica un margen de error del 5% por tratarse de un radar fijo, de mayor fiabilidad que los móviles.

El artículo 379 señala que el delito contra la seguridad vial está castigado con pena de prisión de tres a seis meses o con la multa de seis a doce meses o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a un año y hasta un máximo de 4 años.

El PP ni apoya ni castiga

Días después de lo ocurrido, Manuel Baltar, al frente de la Diputación ourensana desde 2012, pidió disculpas y lo atribuyó «un despiste acontecido en una larga recta de la A-52, sin referencias de ningún tipo» y aseguró ser la primera persona en lamentar las consecuencias de una situación dolorosa para él, «derivada de un error aislado pero que no es, desde luego, adecuada».

Hasta el momento su propio partido, a través de la secretaria general del PPdeG, Paula Prado, evitó avanzar si le serán exigidas responsabilidades políticas en caso de resultar condenado por un delito contra la seguridad vial debido a su exceso de velocidad, y todo ello tras abogar por no adelantarse a «ninguna decisión judicial» y para evitar hacer «juicios paralelos».

Economía Digital Galicia

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