Multas a los promotores que no registren el suelo empresarial vacío
La nueva ley de áreas empresariales de la Xunta prevé multas de hasta 10.000 euros para los promotores que no registren las parcelas disponibles
05-11-2021 Polígono de Morás, en Arteixo ECONOMIA ESPAÑA EUROPA GALICIA SOCIEDAD GOOGLE MAPS
La normativa de la Xunta que pretende impulsar la creación de suelo industrial y la agilización de los trámites para la implantación de empresas también incorpora nuevas exigencias a los promotores. La ley de áreas empresariales le obligará a inscribir en un censo todas las zonas con parcelas disponibles para la venta o desarrollo. En caso de no hacerlo, el Gobierno gallego fija multas que van de los 1.000 a los 10.000 euros.
Esta medida, en realidad, ya había sido aprobada por decreto por la Xunta el año pasado –con base la ley de 2017 de implantación empresarial–, y ahora se incorpora a la nueva normativa. Los responsables de inscribir las parcelas en el censo serán los promotores de las áreas empresariales, para lo cual contarán con una aplicación informática en la página web del Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS).
El acceso al censo de suelo empresarial es público y se realizará a través de portales web del IGVS y de la sociedad Xestión do Solo de Galicia (Xestur). Toda la información del registro será accesible de forma libre y gratuita. De tal forma, se incluye como infracción administrativa leve la falta de inscripción en el censo de suelo empresarial de aquellas áreas con parcelas libres.