La gran ficción de la representación empresarial española

La sobrerrepresentación de CEOE y CEPYME no es una cuestión menor, es el síntoma la manifestación de un modelo que ha permitido hablar de las pymes sin que las pymes tengan siempre una voz propia, directa y diferenciada en los espacios donde se decide sobre su futuro

Hay verdades incómodas que la política prefiere no nombrar, y una de ellas es que, durante demasiado tiempo, las pequeñas y medianas empresas han estado presentes en el discurso público, pero no necesariamente en las mesas donde se adoptan las decisiones que condicionan su actividad diaria. 

Se habla de pymes en todos los programas económicos, y se las invoca en cada crisis, también se las menciona cuando se debate sobre empleo, fiscalidad, financiación, digitalización, contratación pública o morosidad, y, sin embargo, cuando llega el momento de decidir, su representación directa no siempre está garantizada. 

En demasiados órganos públicos, consejos consultivos, mesas de diálogo, comisiones y grupos de trabajo, la voz pyme ha quedado absorbida por estructuras empresariales generales que no siempre reflejan sus problemas específicos. 

El sistema español de representación empresarial descansa sobre una ficción que empieza a no resistir el escrutinio jurídico ni el sentido común: la presencia simultánea de CEOE y CEPYME en numerosos espacios institucionales se presenta como pluralidad, cuando en determinados casos puede generar una representación materialmente redundante. 

Dos sillas no siempre significan dos voces, y cuando esas dos voces proceden de estructuras vinculadas, integradas o alineadas en la misma arquitectura institucional, la pregunta es inevitable, ¿dónde queda la voz propia de las pymes independientes? 

Para una gran empresa, cobrar tarde puede ser una incidencia financiera, pero no para una pyme

Conviene decirlo con precisión. CEOE representa un espacio empresarial amplio, en el que conviven intereses muy diversos, incluidas grandes empresas, sectores dominantes y organizaciones territoriales y sectoriales de distinta naturaleza.

CEPYME, por su parte, está integrada en esa misma arquitectura empresarial, por tanto, cuando ambas organizaciones ocupan simultáneamente posiciones de representación en órganos públicos donde se debaten cuestiones específicamente pyme, la Administración debería preguntarse si está ante pluralidad real o ante una duplicidad representativa que desplaza a quienes defienden de forma directa a la pequeña y mediana empresa. 

Esa pregunta ya no es solo política. Ahora también es jurídica. 

El pasado mes de mayo, la Sala Tercera del Tribunal Supremo dictó tres sentencias relevantes que son la 606/2026, la 625/2026 y la 661/2026, en tres recursos distintos contra el Real Decreto 439/2024, tres impugnaciones frente al modelo de composición del Consejo Estatal de la PYME y del Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, y tres derrotas procesales de quienes pretendieron cuestionar ese modelo plural de participación institucional y mantener sus derechos históricos y monopolísticos de la representación con la exclusión de otras organizaciones como CONPYMES. 

El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi. Foto: Europa Press.

Primero perdió la Confederación Nacional de la Construcción; después, CEPYME; y, finalmente, CEOE, que encabezaba la estrategia para conservar la estrategia de representación por notoriedad histórica excluyente

La importancia de esta trilogía judicial no está solo en el resultado procesal, ya que está en el criterio de fondo que proyecta.

Este consiste en que el Tribunal Supremo confirma que el ordenamiento jurídico permite articular órganos públicos en los que las organizaciones específicamente representativas de la pequeña y mediana empresa tengan presencia propia, y también confirma que la Administración puede configurar esos órganos con criterios de representatividad, equilibrio, eficacia y funcionalidad.

Además, especialmente, valida la necesidad de evitar duplicidades, acumulaciones o situaciones de sobrerrepresentación que distorsionen el sentido real de la participación institucional. 

Esto cambia el marco del debate. 

Hasta ahora, muchas veces se ha aceptado como natural que CEOE y CEPYME ocuparan simultáneamente espacios de interlocución empresarial, incluso cuando el objeto del órgano afectaba de manera directa y singular a las pymes. 

Pero cabe concluir que esa normalidad institucional debe ser revisada, no desde la confrontación gratuita, sino desde una exigencia elemental de rigor democrático, porque si las pymes tienen problemas propios, deben tener también representación propia. 

La morosidad privada es el ejemplo más claro, porque para una gran empresa, cobrar tarde puede ser una incidencia financiera, pero para una pyme puede ser la diferencia entre pagar nóminas o no hacerlo; entre renovar una línea de crédito o perderla; entre seguir abierta o cerrar, así la demora en los pagos no golpea igual a quien tiene músculo financiero que a quien depende de cada factura para sostener su tesorería. 

Por eso resulta tan importante el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada. No es un órgano decorativo, es un espacio llamado a medir, analizar y proponer soluciones frente a uno de los problemas estructurales que más castigan a las pequeñas y medianas empresas.

Precisamente por eso sería difícilmente defendible que la voz de quienes más sufren ese problema quedara filtrada, diluida o representada de forma indirecta por organizaciones que también agrupan a empresas con intereses muy distintos. 

El problema no es que existan organizaciones empresariales fuertes, el problema aparece cuando esa fortaleza se convierte en una pretensión de exclusividad.

CEOE y CEPYME tienen el papel institucional que legalmente les corresponde, y nadie discute su existencia ni su relevancia. Lo que debe discutirse, y ahora con mayor fundamento, es si su presencia simultánea en determinados órganos públicos puede seguir justificando la exclusión de una organización estatal específicamente pyme como CONPYMES. 

La representación institucional no puede funcionar como un derecho adquirido indefinido, no basta con haber estado siempre, no basta con formar parte del paisaje, porque la legitimidad representativa debe responder a la realidad actual del tejido productivo y a criterios objetivos de pluralidad, proporcionalidad, implantación, especialización y ausencia de duplicidades. 

España cuenta con un tejido empresarial integrado de forma abrumadora por pymes y autónomos, que son quienes sostienen buena parte del empleo privado, quienes vertebran el territorio, quienes soportan con menor capacidad de defensa los retrasos de pago, las cargas regulatorias, la presión fiscal, los costes laborales y las dificultades de financiación, son quienes viven antes que nadie cada crisis y quienes tardan más en recuperar estabilidad. 

Y, sin embargo, durante años se ha hablado mucho de ellas sin escucharlas suficientemente. 

La presidenta de CEPYME, Ángela de Miguel, durante un desayuno informativo de Fórum Europa organizado por Nueva Economía Fórum, a 21 de abril de 2026, en Madrid (España). Foto: Fernando Sánchez / Europa Press
La presidenta de CEPYME, Ángela de Miguel. Foto: Fernando Sánchez / Europa Press

El Tribunal Supremo no ha dicho que deba expulsarse a nadie, y tampoco ha declarado que CEOE o CEPYME carezcan de papel institucional. Pero sí ha confirmado una lógica que obliga a revisar el sistema, y es eso lo que CONPYMES va a activar en ejecución de estas sentencias activando la doctrina del Tribunal Supremo

Ese es el punto decisivo. 

No se trata de sustituir un monopolio por otro, se trata de abrir un sistema que durante demasiado tiempo ha funcionado con inercias difíciles de justificar, y de revisar la composición de los órganos donde CEOE y CEPYME participan simultáneamente. 

El Gobierno tiene ahora una responsabilidad, y se ve en la obligación de revisar la composición de los órganos colegiados, consejos consultivos, mesas de diálogo, comisiones y grupos de trabajo en los que se debatan materias que afecten de forma directa a las pequeñas y medianas empresas. 

Debe identificar posibles duplicidades. Debe motivar por qué se mantiene cada vocalía. Y debe incorporar a CONPYMES allí donde la representación pyme específica esté ausente o insuficientemente garantizada. 

No se pide una silla por conveniencia, lo que se reclama es una corrección institucional para adecuarla a la realidad jurídica de la representatividad. 

La economía real exige representación real. 

Deja una respuesta