El Supremo deja a Homs sin su ansiada silla en Bruselas

El Supremo se niega a suspender la condena al exdiputado del Pdecat

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Hasta que el Constitucional no resuelva su recurso, Francesc Homs no podrá ser eurodiputado. Así lo ha resuelto el Tribunal Supremo, que se ha negado a suspender la condena de Francesc Homs, por la que estará un año y un mes inhabilitado para ejercer cargos públicos.

Al conocer su condena, Homs pidió al alto tribunal que aclarase si la pena «alcanza a las funciones de eurodiputado» u otros cargos ante las instituciones europeas. El Supremo ha respondido que ‘no hay duda’ de que la pena de inhabilitación especial le impide ocupar un escaño en Bruselas o ejercer otros cargos en las instituciones europeas.

En cuanto al alcance de la inhabilitación, el Supremo señala que la Junta Electoral Central es la competente para todas las cuestiones relacionadas con la presentación y proclamación de candidatos a las elecciones al Parlamento Europeo.

Los candidatos a este cuerpo legislativo tienen que cumplir diversos requisitos, y entre ellos, está el de no haber sido condenados, aunque la sentencia no sea firme, por delitos cuya pena incluya la inhabilitación. “Y eso es precisamente lo que ocurre en el caso de autos”, dice el Supremo.

El Supremo añade en su auto que el exdiputado ha sido condenado, en su condición de autoridad pública -que ejercía en un cargo de naturaleza política-, por negarse abiertamente a dar el debido cumplimiento a una resolución judicial; imponiendo de esta forma su voluntad frente al mandato suspensivo asociado a la providencia del Tribunal Constitucional de 4 de noviembre de 2014.

Economía Digital

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