El Supremo valida las subvenciones a dedo de la Generalitat a CCOO y UGT

El alto tribunal desestima el recurso que presentó un sindicato por la exclusión competitiva que sufren los demás

El Tribunal Supremo valida las subvenciones a dedo que cada año la Generalitat concede a los sindicatos CCOO y UGT. En una sentencia con fecha 30 de abril, la sala de lo Contencioso-Administrativo desestima el recurso presentado por la Intersindical Alternativa de Catalunya (IAC), que protestó por la exclusión competitiva que sufren el resto de organizaciones.

Las sindicatos mayoritarios reciben cada año del departamento de Empresa i Ocupació unas subvenciones en función de su representación institucional. Este año, CCOO y UGT han percibido 1,3 y 1,25 millones, respectivamente. También ha ingresado USOC, aunque en menor medida: 34.000 euros. El resto de organizaciones laborales no han recibido ayudas.

La denuncia de la IAC

La IAC presentó un recurso en 2010 contra las ayudas que el departamento de Treball (ahora Empresa i Ocupació) había concedido ese año. Se trata de un tipo de subvención que valora la presencia de los sindicatos en comités y mesas negociadoras. Aunque inicialmente los tribunales le dieron la razón y se tumbaron las ayudas a CCOO y UGT (1,6 millones y 1,5, respectivamente), la Generalitat recurrió el texto y ganó. La IAC presentó un escrito de oposición como última estrategia, que, finalmente ha sido obviado.

El escrito señala que sólo existen «dos sindicatos mayoritarios» por lo que «sólo había dos únicos sindicatos que podrían ser destinatarios de la subvención al tener la condición de más representativos. Sólo ellos tenían esa carga adicional, además de su actividad ordinaria, que comporta la participación institucional». 

La sentencia considera que estas subvenciones no atentan contra la libertad sindical, como señala el escrito de la IAC. «La relevancia que tiene esa representación y participación institucional de los sindicatos justifica que sea un criterio diferenciador adecuado, de modo que resultará constitucional y legalmente válido que, para la concesión de subvenciones, se atienda a dicha representatividad y se subvencione a los sindicatos que soporten la referida carga, y no se haga lo mismo con lo que se hallan en el caso contrario», afirma el texto.

Economía Digital

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