Hacienda ignora a la UE en sus inspecciones en el extranjero

La UE llevará al tribunal de Luxemburgo el modelo 720 español, mediante el cual los contribuyentes declaran sus bienes en el extranjero

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La Agencia Tributaria está desatendiendo un dictamen de la Unión Europea cuando los ciudadanos españoles declaran los bienes que poseen en el extranjero a través del modelo 720. En febrero de 2017, el comisario europeo de asuntos económicos, el francés Pierre Moscovici, dio dos meses de plazo a España para cambiar el mencionado modelo de declaración fiscal. Sin embargo, dos años después, el Gobierno sigue sin mover una coma. Miles de contribuyentes están pendientes de unas reclamaciones que acabarán ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

El abogado fiscalista y profesor de derecho tributario Esaú Alarcón constata que la Agencia Tributaria sigue actuando como si no existiera el dictamen del comisario Moscovici sobre el modelo 720: no ha cambiado la normativa ni ha planteado una cuestión prejudicial ante el TJUE. Sencillamente, las autoridades tributarias españolas hacen oídos sordos.

Los abogados Esaú Alarcón, de Gibernau Asesores, y Alejandro del Campo, de DMS Consulting, iniciaron en 2013 el proceso que culminó con el dictamen de Moscovici. Ahora asesoran a clientes que tienen problemas con la Hacienda española por sus bienes en el extranjero.

El dictamen de Moscovici advierte que el modelo 720 vulnera libertades y derechos europeos relacionados con los capitales y las personas. Y recuerda que los posibles delitos fiscales tienen un plazo de prescripción. El modelo fue adoptado por el exministro Cristóbal Montoro después de la amnistía de 2012. Entonces endureció las condiciones, incluida las prescripciones, para los que no se acogieran a esta medida de gracia. Su sucesora en el ministerio, la socialista María Jesús Montero, no ha introducido ningún cambio.

Todos los ciudadanos están obligados a declarar sus bienes (cuentas bancarias, acciones o inmuebles) en el extranjero mediante el modelo 720. Si no lo hacen, se arriesgan a cuantiosas multas que puedan multiplicar lo supuestamente defraudado.

Los recursos se disparan

Alarcón señala que las actas de inspección se pueden recurrir por la vía administrativa ante la propia Agencia Tributaria y, de ser desestimada, queda la vía judicial ante el contencioso administrativo. Mientras dura la tramitación, la sanción queda en suspenso.

Entre las causas que se tramitan en los juzgados españoles, Alarcón destaca el caso de un jubilado de Granada que la Audiencia Nacional dejó visto para sentencia. Cuando la haga pública, será de aplicación para el resto de contribuyentes.

Alarcón Avanza que en los próximos meses la propia UE denunciará el modelo 720 ante el TSJE con sede en Luxemburgo. Insiste en que el Ministerio de Hacienda español se verá obligado a adaptar el modelo a las exigencias europeas. “A las duras o a las maduras”, recalca.

El director de la Agencia Tributaria, Jesús Gascón, anunció la semana pasada que avisarán a los contribuyentes a los que hayan localizado cuentas en el extranjero.

Jordi Baqués, delegado en Cataluña de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), precisa que la Agencia Tributaria ya informa a los contribuyentes. Los datos fiscales que pueden ser consultados y descargados por cada contribuyente, ya advertían en la pasada campaña del IRPF, cuando era el caso, de si tenían constancia de la existencia de cuentas bancarias en el extranjero.

La Agencia Tributaria española accede desde el año pasado al intercambio automático de información tributaria con una serie de países como Andorra, Mónaco, Panamá, Bahamas, Hong Kong o Macao. Tienen más información que nunca.

Sin embargo, Baqués también advierte que el “régimen sancionador que se aplica está amenazado de ilegalidad” por parte de la UE.

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