El TSJCV ratifica la pena de 5 años del exmarido de Oltra por abusar de una menor

El tribunal da por probado los abusos repetidos en el tiempo del educador a una niña de 14 años que estaba bajo tutela en un centro de la Generalitat

La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra en Les Corts. Su exmarido ha sido condenado a 5 años de prisión por abusar de una menor. EFE

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena de cinco años de prisión, impuesta contra Luis Eduardo Ramírez, el exmarido de Mónica Oltra, por abusar de una menor de 14 años de edad que permanecía bajo la tutela de la Generalitat en un centro.

Los magistrados de la Sala de lo Civil y lo Penal han desestimado los últimos recursos interpuestos por el condenado para intentar eludir la sentencia que había sido impuesta por la Audiencia Nacional. La Justicia ha dado por probados sus abusos repetidos en el tiempo desde 2016 hasta 2017, según ha publicado la Agencia Efe.

La víctima se encontraba entonces en un centro de menores. Como en ocasiones llegaba tarde a las instalaciones o tenía un mal comportamiento, era castigada con frecuencia a dormir en una habitación separada del resto de sus compañeras y alejada del resto de los menores acogidos.

Los magistrados han dado por probado que el educador social acudió entre dos y diez ocasiones por la noche a la habitación , donde la víctima reclamaba su presencia e incluso le pedía que le realizara un masaje porque confiaba en él. «Una vez creía que se hallaba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba con ella», reza la sentencia.

El condenado tendrá que abonar una indemnización de 6.000 euros

La Audiencia Nacional le condenó como responsable de un delito continuado de abuso sexual a una pena de cinco años, así como una indemnización de 6.000 euros que ahora ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia, tras estimar las alegaciones presentadas por Ramírez.

Su defensa se apoyó en las dificultades de la menor para intentar relatar episodios concretos durante el juicio para intentar eludir la condena. Sin embargo, la sentencia ha considerado que «estas imprecisiones son frecuentes, diríamos que típicas, en los casos de abusos/agresiones sexuales a menores prolongados en el tiempo».

El tribunal también ha tenido en cuenta que la reticencia a denunciar los hechos responde a su miedo a que no le creyeran y a su conocimiento sobre la relación que tenía con una muy influyente.

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