El acuerdo sobre pensiones se enquista y se aplaza otra semana

El acuerdo sobre la reforma de las pensiones se enquista por el factor de sostenibilidad y podría cerrarse la próxima semana

Los ministros de Trabajo y Seguridad Social, Yolanda Díaz y José Luis Escrivá, se reúnen con los secretarios generales de CCOO (Unai Sordo)y UGT (Pepe Álvarez) y con los presidente de CEOE (Antonio Garamendi) y Cepyme (Gerardo Cuerva)

Los ministros de Trabajo y Seguridad Social, Yolanda Díaz y José Luis Escrivá, se reúnen con los secretarios generales de CCOO (Unai Sordo)y UGT (Pepe Álvarez) y con los presidente de CEOE (Antonio Garamendi) y Cepyme (Gerardo Cuerva)

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El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, anunció hace ya más de dos semanas el acuerdo «inminente» para el primer paquete de medidas de la reforma de las pensiones, sin embargo a día de hoy el acuerdo sigue enquistado y las partes llevan varios días tratando de avanzar en el principal escollo: el factor de sostenibilidad.

Los grandes puntos del primer paquete de la reforma se han consensuado y algunas de las discrepancias y flecos se han despejado, si bien las partes ultiman la letra pequeña definitiva del texto legal y el último punto de discordia, según indicaron a Economía Digital en fuentes del diálogo social. 

El jueves fue un día “decisivo” para poder haber cerrado el acuerdo para su anuncio y rúbrica en el Consejo de Ministros del martes, si bien finalmente las desavenencias en torno al factor de sostenibilidad siguen sin resolverse y el acuerdo se posterga otra semana más. 

De esta forma, si finalmente Gobierno y sindicatos alcanzan un acuerdo en los próximos días lo más probable es que se escenificase con un nuevo acto público de rúbrica del acuerdo con el ministro Escrivá y los representantes sindicales de CCOO (Unai Sordo) y UGT (Pepe Álvarez), así como de la patronal CEOE (Antonio Garamendi) y Cepyme (Gerardo Cuerva), en torno al jueves y se aprobase «pronto», en el siguiente Consejo de Ministros, previsiblemente del martes día 22, según indicaron fuentes gubernamentales a ED.

En cualquier caso, el Ministerio de Seguridad Social confía en cerrar el acuerdo este mes para llevarlo al Congreso en julio y cree que va con plazo suficiente como para poder acometer los cambios previstos y comprometidos con Europa en esta primera fase de la reforma de las pensiones antes de que acabe el ejercicio 2021, para posteriormente continuar en el año 2022 , 2023 y seguidos con el resto del despliegue de medidas.

El escollo: el factor de sostenibilidad

En el marco de la mesa de diálogo social el principal punto discrepante sigue siendo el factor de sostenibilidad, y es que los sindicatos acusan al Gobierno de “sacarse de la manga” la eliminación del factor de sostenibilidad de la reforma de pensiones de 2013 del Gobierno de Mariano Rajoy en el año 2022. 

“No lo teníamos pactado así”, censuran desde UGT y CCOO, que subrayan que el Gobierno había acordado con las centrales sindicales en derogar el factor de sostenibilidad este año. Lo previsto era que una vez quedase derogado dicho mecanismo, entrase en vigor de nuevo el factor de sostenibilidad de la reforma de pensiones del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero al decaer el de la reforma de 2013. 

Sin embargo, Escrivá persiste en su idea de aplazar la derogación del factor de sostenibilidad al año que viene, condicionándolo al mecanismo de solidaridad intergeneracional contemplado para lo largo de 2022, por lo que trata de lograr el acuerdo con los sindicatos dejando únicamente recogido el compromiso de derogación en el primer paquete de la reforma, pero los sindicatos rechazan esa triquiñuela y exigen su derogación inmediata, en línea con lo comprometido. 

El componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia recoge que se aprobará antes de que acabe 2022 la sustitución del factor de sostenibilidad por otro mecanismo de solidaridad intergeneracional en el acceso a las pensiones negociado con los interlocutores sociales y avalado por el Pacto de Toledo que, corrigiendo desequilibrios estructurales, “sin sobrecargar en las generaciones más jóvenes el ajuste provocado por la llegada a la edad de jubilación de los baby-boomers, y con capacidad de operar en los parámetros del sistema en la esfera de ingresos y/o gastos”

Fuentes del Ministerio de Seguridad Social señalan a Economía Digital que hay menos discrepancia de la que parece y confían en que se cierre el acuerdo pronto.  Del lado empresarial, fuentes sindicales señalan que CEOE ha utilizado algunos puntos de la reforma de pensiones como medida de presión para lograr avanzar en sus intereses en otras materias, como cotizaciones o autónomos. 

Las cesiones de Escrivá

Lo cierto es que más allá del escollo del factor de sostenibilidad, el ministro Escrivá ha ido cediendo en algunos de los puntos originales del primer paquete de reforma de las pensiones públicas con el fin de acercar posturas y lograr un acuerdo con los agentes sociales para una de las reformas estructurales más importantes pendientes de acometer.

El departamento de José Luis Escrivá trasladó a mediados de abril a los agentes sociales que renuncia a la propuesta que venía pareja a la revalorización de pensiones y que fijaba que en los años en los que el IPC fuese negativo y se produjese una ganancia de poder adquisitivo de las pensiones ésta se tuviese que devolver los años siguientes.

De esta forma, el acuerdo para revalorizar las pensiones en función del IPC no incluirá finalmente rebajar las futuras subidas de estas prestaciones para compensar por los años en los que se produzcan caídas de los precios o se registre deflación.

Esto supone que el Ejecutivo acepta que las pensiones ganen poder adquisitivo en los ejercicios que la inflación negativa, de forma que cuando se registre un año de IPC positivo estas prestaciones se revalorizarán conforme a ese indicador y cuando el IPC sea negativo las pensiones se congelarán y los pensionistas ganarán poder adquisitivo. Esa ganancia indirecta, por tanto, no tendrá que compensarse en los ejercicios sucesivos con subidas inferiores al IPC hasta neutralizar ese alza del poder adquisitivo, tal y como había planteado el Ministerio de Seguridad Social.

Tampoco incluirá el primer paquete de la reforma el nuevo sistema de cotización por ingresos reales de los autónomos, sobre el que Escrivá ha asegurado que el Gobierno no ha planteado una propuesta concreta, sino que ha intercambiado “borradores y documentos”.

Uno de estos borradores incluía una propuesta de un sistema de cuotas progresivo a implantar en 9 años con cuotas de entre 90 y 1.220 euros al término del periodo, si bien este nuevo sistema “se dejará para el final” y se centrará en definir cuántos tramos son y cómo se distribuyen por arriba y por abajo. El documento propuesto despertó el rechazo de las principales organizaciones de autónomos, ATA y UPTA, al discrepar por las cuotas en el primer caso y por la progresiva implantación en el segundo.

Revalorización con IPC

Con la nueva reforma, se garantiza que las pensiones en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, se revalorizarán al comienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del IPC de los doce meses previos a diciembre del año anterior.

Además, tras la renuncia de Escrivá, en el último borrador se garantiza que en el supuesto de inflación negativa las pensiones no sufrirían merma alguna, quedando ese año inalteradas. 

Como regla adicional, con el objetivo reforzado de “preservar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y garantizar la suficiencia económica de los pensionistas”, el Gobierno y los interlocutores sociales realizarán, en el marco del diálogo social, una evaluación periódica, cada cinco años, de los efectos de la revalorización anual.

De dicha evaluación quinquenal se dará traslado al Pacto de Toledo, y contendrá una propuesta de actuación si fuese necesario corregir alguna desviación para preservar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones.

Fin a la amortización de la jubilación forzosa

En lo referido a la jubilación forzosa, aquella que se recoge en los convenios colectivos y que obliga a los trabajadores a retirarse quieran o no, se acuerda la prohibición de las cláusulas convencionales que prevean la jubilación forzosa del trabajador por el cumplimiento de una edad inferior a 68 años. 

No obstante, para las cláusulas sobre jubilación forzosa que se hubieran incluido en los convenios colectivos al amparo de la legislación hasta ahora vigente podrán ser aplicadas mientras tales convenios mantengan su vigencia., se prevé un régimen transitorio conforme al cual solamente podrán tener eficacia hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada del convenio en cuestión.

Conforme al último borrador, sobre la jubilación forzosa se recoge que las empresas no podrán amortizar los puestos laborales de los trabajadores que se jubilen de forma forzosa y hayan superado los 68 años, ya que nuevas cláusulas obligarán a las compañías a contratar a un nuevo trabajador de forma indefinida y a tiempo completo por cada jubilado que abandone la empresa de manera obligatoria.

Penalización a la jubilación anticipada: margen para pactar hasta el 30 de septiembre

En cuanto a los coeficientes reductores por jubilación anticipada, señala que, como excepción, se aplicarán los coeficientes reductores correspondientes a la jubilación por causa no imputable al trabajador en aquellos supuestos en los que quien se jubila anticipadamente de forma voluntaria esté percibiendo el subsidio de desempleo desde hace, al menos, tres meses.

El texto apunta que con el fin de reforzar la equidad de esta modalidad de pensión, los coeficientes reductores se aplicarán sobre la cuantía de la pensión respetando la limitación máxima. Además, la eliminación de la regulación hasta ahora aplicable en los supuestos en los que la pensión teórica quedaba por encima de ese límite se hará de forma progresiva a lo largo de un periodo de doce años.

Según el Ministerio, esta previsión, unida a las futuras subidas de la pensión máxima durante el período transitorio, servirá para absorber el efecto de la medida para aquellos trabajadores que cotizan por encima de la pensión máxima. En cualquier caso, no precisa fecha y se limita a decir que su aplicación queda condicionada a la determinación posterior de esa senda de subida de la pensión máxima.

Para aquellos trabajadores que tengan cotizados menos de 38 años y 6 meses, el adelanto de su jubilación 24 meses supondrá una reducción de entre el 21% y el 3,26% (1 mes antes); para los que tengan más de 38 años cotizados y 6 meses, pero menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% (24 meses) y la mínima del 3,11% (1 mes).

El coeficiente reductor pasará a ser del 17% si los que tienen más de 41 años y 6 meses cotizados, pero menos de 44 años y 6 meses, se jubilan dos años antes. Si lo hacen un año antes, la reducción será del 2,96%. Por último, los que tengan más de 44 años y medio cotizados tendrán una reducción del 13% por jubilarse dos años antes, pero ésta irá modulándose según se acerque a su edad de acceso a la jubilación y se situará en el 2,81% un año antes.

No obstante,  el Ministerio dará de margen hasta el 30 de septiembre para que empresas y trabajadores negocien y alcancen un acuerdo ajustes de plantilla que incluyan jubilaciones anticipadas previstas para más allá del 1 de enero de 2022 para evitar las nuevas penalizaciones. El Gobierno busca evitar que las penalizaciones perjudiquen a quienes contemplen ya su retiro, según indicaron a Economía Digital en fuentes del Ejecutivo.

Con todas estas medidas Escrivá trata de acercar la edad legal de jubilación (66 años en 2021) a la edad real que se sitúa en torno a los 64,5 años, así como reducir el número de jubilaciones anticipadas que alcanzó las 54.000 en el año 2020.

Jubilación anticipada involuntaria: se rebajan penalizaciones

En lo referido a la jubilación anticipada involuntaria, se rebajan las penalizaciones al introducirse cuatro modificaciones: a las causas de extinción contractual que dan derecho al acceso a esta modalidad de jubilación, se añaden el resto de causas extintivas por razones objetivas y la resolución voluntaria por parte del trabajador.

Asimismo, el coeficiente aplicable sobre la pensión se determina por mes de adelanto de la jubilación, no por trimestre, y en relación con los dos años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación ordinaria, se aplican en la determinación de la pensión de jubilación anticipada involuntaria los mismos coeficientes que en la modalidad voluntaria en aquellos supuestos en los que el nuevo coeficiente es más favorable que el hasta ahora vigente

Adicionalmente, el coeficiente reductor correspondiente a cada uno de los seis meses previos a la edad de jubilación ordinaria se rebaja respecto de los propuestos para la jubilación voluntaria.

Mejora de incentivos para la jubilación demorada

El borrador también contempla sobre la jubilación demorada aplicar la exención de la obligación de cotizar por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria que corresponda en cada caso.

También se plantea mejorar los incentivos para la prolongación de la carrera profesional más allá de la edad ordinaria de jubilación, mediante tres tipo de incentivos a elegir por el trabajador por cada año de demora.

En detalle, se contempla un porcentaje adicional del 4% (este porcentaje adicional se sumará al que corresponda de acuerdo con el número de años cotizados y se aplicará a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión); una cantidad a tanto alzado en función de la cuantía de la pensión y premiando las carreras de cotización más largas o una combinación de ambas.

El pago único oscilará entre un mínimo de 4.786,27 euros y un máximo de 12.060,12 euros, conforme al último borrador.

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