El truco para poder cobrar una pensión más alta

El Gobierno incentiva las modalidades de jubilación que retrasan la edad de acceso a esta etapa vital

La edad legal de jubilación es de 66 años y cuatro meses. Foto: Pixabay.

La edad legal de jubilación es de 66 años y cuatro meses. Foto: Pixabay.

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Si tienes intención de jubilarte este año y cobrar la pensión, habrás de hacerlo una vez cumplas los 66 años y cuatro meses, siempre y cuando hayas cotizado a la Seguridad Social durante un periodo superior a los 37 años y nueve meses. No obstante, las personas que cuenten con más cotizaciones, podrán solicitar antes la jubilación, a los 65 años.

Los requisitos para acceder a la jubilación, tanto la edad legal como las cotizaciones exigidas, se endurecen a medida que pasan los años. El motivo es la reforma de las pensiones, aprobada en 2013, que introduce una subida progresiva de la edad de jubilación hasta 2027, cuando la edad de jubilación alcanzará los 67 años.

Jubilación demorada

Teniendo en cuenta que, a ojos del Estado, es más beneficioso que las personas soliciten la jubilación y entren a formar parte del sistema público de prestaciones lo más tarde posible, son distintas las ventajas e incentivos que brinda a las personas que retrasan esta etapa vital.

La jubilación demorada ofrece incentivos a las personas que posponen la edad de jubilación y acceso a la pensión. Foto: Drazen Zigic – Freepik.
La jubilación demorada ofrece incentivos a las personas que posponen la edad de jubilación. Foto: Drazen Zigic – Freepik.

Un claro ejemplo es la jubilación demorada, una modalidad que tiene como objetivo premiar a las personas que prolongan su vida laboral y posponen la jubilación. Así, estas personas obtienen un complemento económico cuando comienzan a cobrar la pensión.

Para solicitar la jubilación demorada se debe haber cotizado durante un mínimo de 15 años

Se trata de un tipo de jubilación a la que pueden optar tanto los trabajadores por cuenta propia como por cuenta ajena, si han cumplido la edad ordinaria de jubilación, pero tienen menos de 70 años de edad. Asimismo, deberán haber cotizado durante un periodo mínimo de 15 años.

En cualquier caso, conviene tener en cuenta que la jubilación demorada es incompatible con otras modalidades como la jubilación activa, la flexible, la parcial y la anticipada. De la misma manera, si ya se percibe la pensión máxima, no se puede aumentar con complementos por jubilación demorada.

Así puedes subir la cuantía de la pensión

Las personas que soliciten esta jubilación pueden disfrutar de un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria, lo que supondrá un incremento del importe de la pensión.

Desde el 18 de mayo, los trabajadores que opten por esta modalidad de jubilación podrán combinar los dos tipos de inventivos. Foto: Pixabay.
Desde el 18 de mayo, los trabajadores que opten por esta modalidad de jubilación podrán combinar los dos tipos de inventivos. Foto: Pixabay.

También pueden obtener en el momento de la jubilación una cantidad a tanto alzado por año cotizado, que va a depender de los años que se haya cotizado cuando se llega a la edad de jubilación, y que va desde los 5.000 a los 12.000 euros aproximadamente.

Desde el 18 de mayo, los trabajadores que opten por esta modalidad de jubilación podrán combinar los dos tipos de inventivos, después de que el Gobierno haya aprobado en el Consejo de Ministros un Real Decreto que recoge esta posibilidad.

Si se retrasa la jubilación hasta 10 años, se puede incrementar la pensión un 2% por cada año que se alarga la vida laboral

Concretamente, los empleados que opten por retardar la jubilación entre 2 y 10 años podrán percibir a un 2% más por cada año que atrasen esta etapa vital. También cobrarán en un único pago la mitad de lo que les correspondería si hubiesen elegido solo la cantidad a tanto alzado.

En el caso de las personas que retarden más de una década la jubilación, recibirán un pago único aplicado a 5 años del periodo demorado, pero también una subida en la prestación del 2% por cada año que hayan retrasado la jubilación.

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