Qué ingresos no se consideran segundo pagador en la declaración de la Renta

Te explicamos cómo te afecta tener dos pagadores y qué ingresos no se consideran segundo pagador

Los depósitos cuentan con una fecha de vencimiento, hasta la cual no se puede retirar el dinero. ahorro. Foto: Freepik.

Los depósitos cuentan con una fecha de vencimiento, hasta la cual no se puede retirar el dinero. Foto: Freepik.

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Hoy, 3 de abril, ha arrancado la nueva campaña de la Declaración de la Renta, en la que todos los contribuyentes -excepto los que ingresen menos de 22.000 euros- deberán rendir sus cuentas con Hacienda.

A poco tiempo de su comienzo, una de las dudas más habituales está relacionada con el número de pagadores y su impacto en la tributación por IRPF. Te explicamos cómo te afecta tener dos pagadores y qué ingresos no se consideran segundo pagador.

Los ingresos percibidos a lo largo del año son fundamentales a la hora de determinar cuanto deberá pagar un contribuyente por el IRPF. Si cobró menos de 22.000 euros durante un año de un solo pagador, no deberá hacer la Declaración de la Renta. Sin embargo, si hay dos pagadores, será necesario presentar el borrador si los ingresos brutos exceden los 22.000 euros y el segundo pagador le ha abonado más de 1.500 euros.

Estos ingresos no se consideran segundo pagador

No obstante, conviene tener en cuenta que existen algunos supuestos en los que los ingresos extra no se consideran de un segundo pagador. Por ejemplo, las pensiones compensatorias como la de alimentos de un excónyuge, o bien, la subrogación laboral o un pago delegado, como sucede en los casos de incapacidad temporal, no se consideran segundo pagador.

Agencia Tributaria / EFE
Agencia Tributaria / EFE

Del mismo modo, no se considerarán que existen dos pagadores cuando la empresa cambia de titularidad o se realiza una fusión con otra entidad o cuando se producen pagos delegados. Tampoco en el caso de las indemnizaciones por despido, por accidente o las prestaciones para víctimas de terrorismo, por incapacidad permanente, por la ley de dependencia, por acogida, así como las becas o rentas de inserción. 

Tener más de un pagador no significa que se tenga que tributar más a Hacienda, pero sí es posible que las retenciones estén por debajo de lo que corresponde, y la declaración salga a pagar. En este sentido, es posible que si los ingresos aumentan por algunos trabajos extras, se salte de tramo fiscal y se tenga que tributar por un porcentaje más elevado.

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