La CNMV libera a las gestoras de fondos de enviar informes trimestrales y de auditoría interna

El organismo presidido por Carlos San Basilio ha lanzado a consulta pública un proyecto que busca simplificar las obligaciones de las gestoras de fondos

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Archivo – Edificio sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en Madrid

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) relaja el control sobre las gestoras de fondos, a fin de desatascar la carga burocrática de la industria financiera en España.

Entre las medidas para ‘liberar’ a las gestoras destacan la eliminación de la obligación de presentar informes trimestrales para inversores y la de remitir a la CNMV los informes de auditoría interna.

Enmarcado en el plan de simplificación de actuaciones supervisoras de la CNMV, y bajo la estrategia ‘CNMV 2030, un supervisor para un tiempo nuevo’, el organismo presidido por Carlos San Basilio ha lanzado a consulta pública este proyecto que busca simplificar las obligaciones de las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva (IIC) y empresas de servicios de inversión (ESI).

El movimiento responde a una tendencia europea que busca mejorar la eficacia regulatoria y la competitividad de los mercados financieros. Los comentarios sobre la consulta podrán enviarse por escrito hasta el próximo 18 de septiembre. Una vez aprobado definitivamente, el texto entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Según consta en la documentación depositada en la CNMV, el objetivo es claro: eliminar todos aquellos trámites que ya no se justifican por cuestiones de riesgo o protección del inversor.

La CNMV reduce la carga de las gestoras de fondos

Son varias las medidas que el organismo ha preparado para reducir la carga de los fondos. Entre ellas, la reforma de la normativa sobre control interno. Hasta ahora, las gestoras estaban obligadas a remitir periódicamente a la CNMV sus informes de auditoría interna.

Con la nueva normativa, el supervisor elimina la obligación de envío proactivo, estableciendo que dichos documentos simplemente deberán estar «a su disposición» para cuando sean requeridos en el marco de una inspección o revisión específica.

También se ha reducido la frecuencia de envío a los consejeros de los informes de cumplimiento normativo, pasando de una periodicidad obligatoriamente trimestral a una frecuencia mínima anual.

En cualquier caso, el supervisor no relaja la exigencia sobre la calidad de la supervisión interna. De hecho, la norma refuerza la independencia de las funciones de riesgos y cumplimiento, exigiendo que dependan directamente del consejo de administración o de una comisión independiente.

Informes trimestrales

El proyecto también aborda la modificación de la circular 4/2008, adaptándola a las últimas reformas legales para recoger formalmente el carácter potestativo de la información trimestral. En la práctica, esto significa que las gestoras ya no tienen la imposición de elaborar y remitir sistemáticamente estos estados, salvo que los inversores lo soliciten expresamente.

Asimismo, se otorga mayor libertad a las gestoras para que acrediten la entrega de información previa a la suscripción mediante sus propios procedimientos internos, adaptándose a los nuevos soportes digitales.

Asimismo, la propuesta contempla la derogación de nueve circulares que regulaban distintos aspectos de las IIC y las empresas de servicios de inversión y que, según el regulador bursátil, habían quedado obsoletas, eran redundantes o habían perdido su finalidad tras los cambios introducidos en el marco legislativo vigente.

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