KPMG, en apuros: estos son sus máximos responsables

Los máximos representantes de la compañía han logrado que la firma se haga fuerte entre las IBEX pero también suma varios tropiezos

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Juan José Cano e Hilario Albarracín son los dos máximos representantes de KPMG en España. El primero es consejero delegado, el segundo es presidente y ambos llevan más de dos décadas dentro de la big four, pero poco más de un lustro al frente de sus cargos. Durante su mandato, la compañía se ha hecho fuerte entre las IBEX, aprovechando la reforma de la Ley de Auditoría, pero también se ha llevado tirones de orejas por parte del ICAC y de Competencia por lo que respecta a la división de consultoría. El punto de inflexión es sin duda el escándalo de DIA, cuyo derrumbe se investiga en la Audiencia Nacional

Juan José Cano asumió el cargo de consejero delegado en 2018. Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid, Cano se incorporó a la compañía hace más de 20 años. Empezó en el departamento de auditoría para después, en el año 2000, pasar al departamento de Transaction Services. Fue seis años después, en 2006, cuando fue promocionado a socio, para una década más tarde entrar en el comité de dirección y del consejo de socios como responsable de mercados.

Hilario Albarracín, por su parte, pasó a ser presidente de KPMG en 2014, aunque ya antes ocupó el cargo de consejero delegado. Sustituyó a John Scott, que pasó a centrar sus esfuerzos en la presidencia de KPMG en la región de EMA (Europa, Oriente Próximo, África y Sur de Asia). Bajo su mandato se aprovechó la reforma de la Ley de Auditoría en España, que obligaba a, entre otras cosas, que las empresas del IBEX rotaran de auditor.

No hay duda de que KPMG se ha hecho fuerte entre las grandes cotizadas. La compañía ha ganado la cuenta de nuevas empresas del selectivo español y ya es la segunda de las big four con más grandes cotizadas españolas en cartera. Así, para 2021 supervisará las cuentas de IAGMásMóvilRed EléctricaACS, Bankia, Sabadell y Endesa.

El borrón del caso DIA

Las auditorías de estas empresas, todas limpias, contrastan con las últimas realizadas en DIA, a la que KPMG asesoraba desde 2008 y cuyo escándalo financiero estalló con los nuevos gerentes ya a los mandos de los puestos de máxima responsabilidad.

La justicia investiga ahora al socio de la empresa que supervisaba las cuentas de la cadena de supermercados, Carlos Peregrina García, y la firma debe decidir si depura o no responsabilidades, como así marca su código de conducta.

De momento, el secretismo es máximo. Por un lado, KPMG prefiere esperar a que la fase de instrucción del juicio avance y, por otro, el supervisor bursátil tiene en su poder un informe de la Dirección General de Mercados que podría haber remitido al Instituto de Contabilidad y Auditoría (ICAC) para que valorara su actuación. La decisión de este organismo, que depende del Ministerio de Economía, podría saldarse con una sanción administrativa contra la auditora.

Y no sería la primera. El ICAC ya sancionó a KPMG por los casos como el de la Caja de Ahorros del Mediterráneo CAM (2017) o infracciones en la consultora Accenture (2010) y en la constructora Huarte (2002). En total, aproximadamente 4 millones de euros si se suman los importes de la vía administrativa tras las inspecciones del ICAC con los de la vía judicial, como publicó esta semana este medio

Problemas ante la CNMC

Pese a que parte de las sanciones administrativas del ICAC por las auditorías llegaron en la época anterior a Albarracín y Cano, la rama consultora de KPMG tiene otro frente abierto recientemente con la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC).

Así lo hizo saber el pasado mes de agosto el organismo presidido ya por Cani Fernández. Incluyó a KPMG SA y KPMG Asesores en un expediente sancionador por manipulación y reparto de licitaciones en el mercado de servicios de consultoría. La causa agrupa a más de 20 empresas.

La CNMC afirmó que la rama consultora de KPMG habría podido infringir el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, consistente en el reparto del mercado de servicios de consultoría en diversas licitaciones, principalmente públicas.

La ampliación de la incoación, de acuerdo al comunicado del regulador, no prejuzga el resultado final de la investigación, que sigue en trámite, y se mantiene vigente el periodo máximo de 18 meses desde la fecha de la incoación inicial para la instrucción y resolución del expediente por la CNMC.

Economía Digital

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