Ofensiva legal para frenar el relevo en la Cámara de Barcelona

Carles Tusquets y Ramon Masià llevan las elecciones de la Cámara de Comercio de Barcelona al contencioso para exigir su repetición

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Un grupo de empresarios y autónomos, entre los que se encuentran los candidatos Carles Tusquets y Ramon Masià, han llevado las elecciones de la Cámara de Comercio de Barcelona al contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Además, se ha presentado un recurso de alzada y un requerimiento ante la Consejería de Empresa de la Generalitat en la que exponen supuestas irregularidades en las elecciones a las cámaras catalanas. En estos últimos, se piden medidas cautelares para anular el acta de proclamación de resultados. Sin embargo, difícilmente la Generalitat aplazará el relevo en la presidencia de la cámara barcelonesa previsto para le próximo lunes.

Con estas actuaciones empieza la guerra legal para anular el proceso electoral en el que se impuso la lista independentista liderada por Joan Canadell.

En rueda de prensa, la abogada Mercedes Cuyás precisó que han interpuesto un recurso contencioso administrativo especial de protección de derechos fundamentales por cómo se efectuaron las elecciones en la Cámara de Barcelona. Al tramitarse mediante un procedimiento especial, se acortan los plazos tanto para los magistrados como para las partes. No obstante, no han pedido cautelares en el contencioso interpuesto ante el TSJC.

En las acciones legales presentadas, los empresarios que denuncian las supuestas irregularidades reclaman la anulación de parte o, incluso, de todo el proceso electoral. En este último caso no descartan la convocatoria de unas nuevas elecciones.

“Irregularidades de calado”

“Se han producido irregularidades e ilegalidades de calado”, aseguró Cuyás. La abogada mantiene que se produjo una vulneración de derechos fundamentales de los electores y de los candidatos. Subrayó que Scytl, la empresa a la que se adjudicó la implementación, supuestamente incumplió con lo establecido en el pliego de condiciones de adjudicación por lo que se refiere a la seguridad del voto electrónico por sistema remoto. Apuntó que los supuestos incumplimientos justificarían la anulación del contrato a Scytl.

Las elecciones se realizaron únicamente mediante el voto electrónico, ya fuera remoto o presencial. Se efectuaron 19.911 votos en total, de los que 16.265 fueron en remoto, el 81,48% de los emitidos. Los empresarios denunciantes ponen en duda la totalidad de este voto remoto.

Autentificación “robusta” del voto

La principal “irregularidad” denunciada es el incumplimiento de la “autentificación robusta” del voto electrónico, exigida tanto en la normativa catalana como en la orden ministerial sobre elecciones a cámaras de comercio. Debía establecerse una doble encriptación del voto para evitar posibles pucherazos. Esta doble encriptación solo se produjo en la votación electrónica presencial, cuando se dio una clave a los electores después de acreditar su identidad. En el sistema remoto, no se estableció este doble control.

Supuestamente se infringió la normativa de protección de datos. La normativa impide ligar al votante con el voto. Sin embargo, “se ha producido un conocimiento de los votos que se anularon provisionalmente y que, después, se aceptaron. Eso permitió conocer el sentido del voto”, según la abogada. Esto supone una vulneración de las normas de seguridad.

Se anularon centenares de votos. Cuando desde una misma IP se efectuaron más de siete votos, el auditor los anuló; en cambio, si fueron menos de siete, los aceptó sin comprobarlos, según precisa Cuyás.  Los denunciantes consideran que el umbral de los siete votos es “arbitrario”. “Si el sistema está bien implementado, no hay voto nulo”, recalcó Cuyás.

Por la complejidad de la votación, en muchos casos se anuló el voto de determinados electores. En colectivos extranjeros no se facilitó traducción. “Se han sentido discriminados”.

La abogada de los denunciantes ha pedido que no se destruya la documentación electoral. Recuerda que las actos no son firmes hasta que se resuelvan ante los tribunales.

Comunicado de Scytl

Mediante un comunicado, Scytl asegura que han cumplido “todos y cada uno de los puntos recogidos en el pliego y las normas vigentes”.

 “En ningún caso se ha vulnerado el carácter secreto del proceso electoral. Se ha garantizado en todo momento el anonimato del voto y protegido la privacidad de los votantes, ya que es totalmente imposible reconstruir el vínculo entre el sentido del voto emitido y el elector”, afirman la compañía en el comunicado. Insisten en que el dispositivo electoral fue validado por una empresa auditora previamente al inicio de las votaciones.

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