El Supremo tumba en un mes 24 sentencias que obligaban a Santander a devolver sus inversiones a clientes de Popular

El Supremo tumba sentencias que obligaban a Santander a restituir sus inversiones a antiguos clientes de Banco Popular, en base a la doctrina europea.

Tribunal Supremo. Foto: Asociaciรณn de la Prensa de Madrid.

Tribunal Supremo. Foto: Asociaciรณn de la Prensa de Madrid.

El Tribunal Supremo ha tumbado durante diciembre 24 sentencias dictadas entre 2020 y 2023 en las que se obligaba a Santander a devolver a clientes de Banco Popular sus inversiones en la compra de productos de la antigua entidad, la mayorรญa particulares que habรญan destinado entre 7.000 y 600.000 euros.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha analizado recursos de casaciรณn presentados por Santander contra sentencias dictadas por distintas Audiencias Provinciales que desestimaban recursos de apelaciรณn presentados por el banco presidido por Ana Botรญn, contra sentencias de juzgados de primera instancia.

En esas sentencias recurridas, los jueces habรญan anulado contratos firmados por clientes del Popular con el banco en la compra de acciones, bonos u otros productos, por vicio en el consentimiento derivado de una informaciรณn defectuosa y falsa. De las restituciones debรญa hacerse cargo Santander.

Entre las sentencias tumbadas se encuentra una que daba la razรณn a Asufin en defensa de una clienta de Popular

El mayor banco espaรฑol se hizo con Popular en junio de 2017, por un euro, justo despuรฉs de que elย Banco Central Europeoย constatara la inviabilidad del banco presidido entonces porย Emilio Saracho. Santander acometiรณ una ampliaciรณn de capital por 7.000 millones en la absorciรณn.

Las recientes sentencias del Supremo consultadas por este diario en el buscador del Consejo General del Poder Judicial, estรกn firmadas los pasados dรญas 11, 15 y 19 de diciembre.

La mayorรญa de los casos afectan a antiguos clientes de Banco Popular, particulares, matrimonios, que destinaron parte de sus ahorros a la compra de acciones u otros valores emitidos por la entidad, adquiridos aรฑos antes de la resoluciรณn del banco espaรฑol, en 2017, y su posterior absorciรณn por parte de Santander.

Casos como el de un cliente que interpuso demanda de juicio ordinario contra Santander ejercitando la acciรณn de anulabilidad por vicio del consentimiento, en la compra de acciones del Popular por importe de 7.166 euros.

El Juzgado de instrucciรณn de A Estrada declarรณ la nulidad del contrato y condenรณ a Santander a restituir la inversiรณn al demandante, en junio de 2021. Despuรฉs, la Audiencia Provincial de Pontevedra desestimรณ recurso presentado por el banco.

O el caso de los herederos de un antiguo cliente del Popular, que demandaron al banco reclamando la nulidad respecto de la orden de suscripciรณn de obligaciones subordinadas por valor de 664.000 euros, en 2011.

La presidenta del Banco Santander, Ana Botรญn, y el consejero delegado del Banco Santander, Hรฉctor Grisi.

El Juzgado de Primera Instancia de Salamanca dictรณ sentencia en octubre de 2020 estimando la demanda, declarando la nulidad del contrato y obligando a Santander a restituir las cantidades reclamadas; en junio de 2021 la Audiencia Provincial de Salamanca desestimรณ recurso presentado por el banco.

Tambiรฉn figuran entre los casos consultados por este diario el de la Asociaciรณn de Usuarios Financieros (Asufin), que actuรณ en defensa de una antigua cliente del Popular, que reclamรณ la nulidad de la compra de obligaciones subordinadas de la entidad por importe de 450.000 euros.

El Juzgado de Primera Instancia de Madrid, en 2020, dictรณ sentencia estimando la demanda obligando a la entidad a reintegrar la cantidad reclamada. En junio de 2021 la Audiencia Provincial de Madrid desestimรณ recurso del Santander.

Santander, Popular, juicio y el TJUE

En sus recientes sentencias, el Tribunal Supremo estima los recursos de casaciรณn interpuestos por Santander y desestima las demandas aplicando la doctrina del Tribunal de Justicia de la Uniรณn Europea (TJUE) contenida en su sentencia de 5 de mayo de 2022.

El Supremo recuerda que las cuestiones planteadas han sido ya resueltas en la jurisprudencia establecida a partir de la sentencia 113/2025 de 22 de enero que aplican esa doctrina europea.

El tribunal explica que la sentencia europea declarรณ que la Directiva 2014/59 se opone a que, con posteridad a la amortizaciรณn total de las acciones de una entidad de crรฉdito objeto de resoluciรณn, como fue el caso del Popular, quienes hubieran adquirido acciones emitidas antes del inicio del proceso de resoluciรณn, ejercitaran acciones de responsabilidad por folleto.

El contenido de la sentencia del TJUE de mayo de 2022 es clave para Santander, no solo en las demandas presentadas por antiguos clientes del Popular, tambiรฉn en el juicio contra el expresidente del banco desaparecido, รngel Ron, y doce directivos.

รngel Ron, expresidente de Banco Popular. EFE
รngel Ron, expresidente de Banco Popular. EFE

El juezย Josรฉ Luis Calamaย abriรณ juicio oral el pasado mes de noviembre, sin fecha todavรญa, en auto en el que fijรณ unaย fianza provisional de 2.277 millonesย de euros, y en el que incluyรณ a PwC y a Santander como responsables civiles subsidiarios.

El primer banco espaรฑol se ha revuelto contra ese auto del juez de la Audiencia Nacional, tomando como base la sentencia de 2022 del TJUE, como ha publicado este diario.

El despacho Urรญa, que representa a Santander, afirmรณ en un escrito enviado al Juzgado que la apertura del juicio oral contra el bancoย ยซha supuesto una vulneraciรณn del principio de primacรญa del Derecho de la Uniรณn, con la consiguiente vulneraciรณn de la Constituciรณn Espaรฑolaยซ. Y asegura que tras la sentencia europea los tribunales civiles ยซaplican de manera unรกnimeยป esa doctrina, y dice que ya se han notificado ยซmรกs de 10.000 sentencias, que ya son firmesยป.

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Un comentario en “El Supremo tumba en un mes 24 sentencias que obligaban a Santander a devolver sus inversiones a clientes de Popular

  1. El dรญa que estos despachos de abogados, que ahora estรกn perdiendo los casos, se decidan a estudiar la inconstitucionalidad, habrรกn dado un paso de gigante. O puede que algunos ya lo estรฉn dando.

    No es que la Ley 11/2015 sea inconstitucional. No lo es porque en ningรบn lugar de la misma se contempla la irretroactividad.

    Es precisamente su aplicaciรณn retroactiva lo que va contra el punto 3 del artรญculo 9 de la Constituciรณn:

    Ocurre que lo que se vendiรณ al Santander por 1 โ‚ฌ no fueron las acciones ordinarias del Popular. Por el contrario, fueron las provenientes de la conversiรณn forzada, al pretendido amparo de la Ley 11/2015, de unas obligaciones emitidas en el aรฑo 2011 como no convertibles.

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