El TSXG tumba de forma cautelar otros tres parques eólicos de Naturgy, Greenalia y Capital Energy
El alto tribunal gallego paraliza las autorizaciones realizadas por la Xunta de estos tres proyectos localizados en Lugo, indicando en dos de los casos que los aerogeneradores se sitúan a menos de un kilómetro de núcleos urbanos

Imagen de archivo de un parque eólico
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decretado la suspensión, de forma cautelar, de las autorizaciones administrativas previas y de construcción otorgadas por la Xunta a tres parques eólicos situados en la provincia de Lugo. Se trata del parque Monte Contado, ubicado entre Lugo y Castroverde e impulsado por Naturgy; Paradela, promovido por Capital Energy, y Carballal, de Greenalia.
Monte Contado
En el auto referente al parque eólico Monte Contado, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo explica que ha adoptado la medida cautelar porque se han demostrado “probables daños irreversibles al medio natural que conllevarían las obras autorizadas en el expediente”.
El auto emitido indica que algunos de los aerogeneradores proyectados se situarían a menos de un kilómetro de núcleos urbanos, “así como la coincidencia de algunas de las infraestructuras del parque con zonas de máxima sensibilidad ambiental”.
“No cabe duda de que se está demostrando, con un altísimo nivel de probabilidad, que la construcción del parque sí podría llevar consigo efectos de difícil reversibilidad para las personas que integran esos núcleos de población (para su salud, atendiendo a la proximidad de las instalaciones, con la consiguiente contaminación acústica asociada al funcionamiento del parque)”, indican los magistrados en el auto.
Paradela
El parque eólico Paradela, que abarca los concellos de Bóveda, O Saviñao, Paradela y Sarria también ha sido suspendido de forma cautelar. En el auto, los jueces subrayan que, de acuerdo con los datos que se incorporan al informe pericial unido a la petición cautelar, resulta que al menos tres de los aerogeneradores proyectados “se habrán de ubicar en una situación seriamente próxima a viviendas, en tanto no cumplirían con la distancia recomendable”. El TSXG concluye que “se ha de entender, necesariamente, y en este caso con todas las implicaciones que ha de conllevar por lo que se refiere no ya a la protección del medio natural (en general, de todo tipo de especies animales y vegetales), sino a la protección de la salud y el bienestar del ser humano que habita en la zona”.
Carvallal
Por último, las autorizaciones del parque Carvallal, proyectado en Pastoriza, también han sido suspendidas de forma cautelar. En este caso, “se ha ofrecido un principio (indiciario) de prueba suficiente, que resulta específico y contrastado, confirmado por información pública elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de la que se deduce la más que probable presencia sobre la zona de interés de una serie de especies a proteger”.
También en este caso asegura el auto en sus conclusiones que existen generadores ubicados a menos de un kilómetro de núcleos urbanos, así como la “falta de claridad (ausencia de especificidad) al respecto de las medidas a adoptar para paliar los efectos acumulativos/sinérgicos de la instalación combinada con la presencia de otros proyectos en la misma área” y la “poca especificidad en la descripción, sobre el terreno, de las zonas sobre las que se hacen los trabajos de campo a los efectos oportunos, atendiendo a la considerable presión eólica que habrá de traer consigo la instalación no sólo del propio parque eólico Carballal, sino de otros proyectados o autorizados (en su caso pendientes de autorizar) o ya instalados en el área de referencia”.