Revés jurídico a Núria Marín, alcaldesa de L’Hospitalet, por el macroproyecto de Gran Via

El TSJC tumba el macropoyecto urbanístico de la Gran Via de L’Hospitalet, que había reunido los intereses del ayuntamiento socialista y de la Generalitat

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado en una reciente sentencia el plan director urbanístico (PDU) Gran Via-Llobregat, en el municipio de L’Hospitalet, donde se proyectó una gran área comercial y residencial con 26 rascacielos con una dotación presupuestaria de 114,83 millones de euros. 

La sentencia supone un revés jurídico contra el Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat, gobernado por la socialista Núria Marín, y contra la Generalitat, que se pusieron de acuerdo en redactar un proyecto urbanístico que correspondía al AMB. Marín anunció que recurrirá la resolución judicial.

El TSJC constata que este planeamiento urbanístico lo redactaron de la mano el ayuntamiento de L’Hospitalet y la Generalitat cuando la competencia correspondía al Área Metropolitana de Barcelona (AMB).

Curiosamente, el AMB nunca se ha quejado de que la Generalitat –concretamente, la consejería de Territorio y Sostenibilidad– le arrebatara esta competencia. Todo lo contrario, permitió que el ayuntamiento de L’Hospitalet y la Generalitat impulsaran este macroproyecto, pese a que la competencia correspondía al organismo metropolitano.

En el desarrollo urbanístico de esta área, situada entre la plaza Europa y el río Llobregat, el AMB se limitó a allanar los deseos de la Generalitat y el Ayuntamiento de L’Hospitalet.

Desde que se inició la redacción del PDU en 2014, ni el anterior gobierno metropolitano que presidió Xavier Trias ni el actual de Ada Colau han movido un dedo para reclamar sus competencias en la redacción del mencionado plan director. En realidad, la responsabilidad era de los vicepresidentes ejecutivos del AMB, que siempre han sido alcaldes del PSC.

El TSJC echa un rapapolvo al AMB

La sentencia del contencioso del TSJC deja de vuelta y media al AMB. El tribunal indica que se dirigió en su momento al Área Metropolitana de Barcelona “con el propósito de conocer su posición ante el hipotético vicio de incompetencia” que imputan a la Generalitat en la redacción del PDU.

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En la respuesta que les dieron, “la vicepresidencia del AMB puso de manifiesto, de forma más o menos clara, su aceptación” del plan Gran Via-Llobregat.

No obstante, el tribunal subraya que esta aceptación no impide que declaren nulo el plan precisamente por la falta de competencia de la consejería de Territorio de la Generalitat.

El tribunal mantiene en esta sentencia que, en el ámbito de los 36 municipios que conforman el AMB, “la competencia para aprobar el planeamiento director le corresponde, con carácter indelegable, a un órgano plenario y representativo: el consejo metropolitano”. Avalan esta consideración con jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

En la sentencia, el tribunal recalca que la “renuncia” del AMB “compromete la acción de futuros mandatos metropolitanos, los cuales se pueden encontrar sometidos a un planteamiento director ajeno”.

Aunque el consejo metropolitano del AMB aprobó el PDU Gran Via-Llobregat en 2015, esto no avala que la Generalitat invada su competencia pese a que el gobierno metropolitano no ha puesto impedimento alguno.

“Queda claro que la entidad metropolitana debía ser la que promulgase y aprobase inicialmente” el plan director urbanístico, expone la sentencia, aunque la Generalitat podía marcar pautas y acordar su aprobación definitiva.

Acuerdo a “dos bandas” para apartar al AMB

El tribunal constata que las competencias urbanísticas metropolitanas “se han visto ignoradas a través de un acuerdo a dos bandas entre el Ayuntamiento de L’Hospitalet y la consejería de Territorio y Sostenibilidad. Estas dos administraciones han estado gobernadas durante todo este tiempo por CiU -en la actualidad, Junts per Catalunya- y el PSC, respectivamente.

Recuerdan a la Generalitat que disponían de “mecanismos legales para excitar el celo del ente metropolitano”. Por cierto, el AMB está tramitando en la actualidad su propio plan director.

Esta sentencia responde a un contencioso interpuesto por el grupo municipal Camviem L’Hospitalet, que en el pasado mandato agrupaba a ICV-EUiA y a Alternativa Pirata. Su abogado, Bautista Sotelo, consiguió que el TSJC les diera la razón.

Los demandados son el Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat, la consejería de Territorio y Sostenibilidad, el Consorcio para la Reforma de la Gran Via y la promotora Focio. La demanda no se dirigió contra el AMB pese a su inhibición.

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