La Comisión Europea expedienta a España por no aplicar las normas antifraude

España no ha adaptado su normativa a la última directriz europea de medidas contra el fraude internacional, pese que el plazo finalizó hace dos años

En la imagen, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula Von der Leyen. EFE / EPA / OLIVIER HOSLET

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La Comisión Europea ha sacado los colores a España por no haber aplicado las normativas antifraude acordadas en el bloque comunitario ya en 2017. Bruselas ha abierto un procedimiento de infracción contra el Gobierno que lleva dos años de retraso para adoptar las nuevas directrices. El plazo para incorporarlo a la legislación nacional vencía en julio de 2019.

España ha sido uno de los países que las autoridades comunitarias han señalado con el dedo, junto con Croacia, Finlandia, Grecia, Letonia, Luxemburgo, Portugal y Rumanía que tampoco han integrado en el marco legislativo nacional la nueva estrategia para combatir el fraude a escala global.

«Es necesaria una transposición adecuada de dichas normas por parte de los estados miembros para que la Fiscalía Europea pueda llevar a cabo las investigaciones y enjuiciamientos efectivos», ha expresado ahora la Comisión en un comunicado.

Bruselas ha dado un tiempo ahora de dos meses a los ocho países implicados para que aclaren qué medidas han tomado en los últimos dos años para garantizar la incorporación de toda la normativa recogida en la directriz de 2017. «Son necesarias mejoras, en particular para garantizar la transposición coherente de las definiciones de delitos y la responsabilidad y las sanciones», han argumentado.

Bruselas incorpora la figura del fraude financiero contra la Unión Europea

La directiva acordada en 2017 incorpora algunas novedades que hasta ahora no estaban presentes en materia jurídica, como el concepto del fraude contra los intereses financieros de la Unión Europea. Así se podrá perseguir, por ejemplo la malversación de fondos públicos vinculados con el bloque comunitario o la presentación de documentos falsos en concursos.

La normativa también obliga a los estados miembro a actuar en el ámbito penal contra el blanqueo de capitales o la corrupción. «Se entenderá por corrupción pasiva la acción de un funcionario que, directamente o a través de un intermediario, pida o reciba ventajas de cualquier tipo», reza el texto.

Más allá de estos detalles concretos, la principal motivación de la directiva es facilitar que haya una coordinación entre los 27 países para actuar conjuntamente contra el fraude. «Las autoridades competentes de los estados miembros podrán, en el marco de sus competencias, intercambiar información con la Comisión para facilitar la aclaración de los hechos y para garantizar una acción eficaz contra las infracciones penales», reza el texto.

A cambio, Bruselas pone a disposición de los países algunas instituciones como la Fiscalía Europea o Eurojust que deberán encargarse de prestar una asistencia técnica y operativa cuando las autoridades nacionales necesiten ayuda para coordinar sus investigaciones dentro del viejo continente.

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