El Supremo frena el intento de Junqueras de retrasar su sentencia

El líder de ERC quería que el Supremo conociera antes la opinión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre su inmunidad como europarlamentario

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El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado la solicitud del ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras que pedía al Alto Tribunal que no dicte la sentencia de la causa del procés hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no resuelva el alcance de la inmunidad que ostenta como europarlamentario. El presidente de Esquerra Republicana (ERC) solicitó al tribunal europeo la petición después de conseguir plaza en la Eurocámara tras las elecciones del pasado 26 de mayo. 

El TS rechaza en su auto suspender «sine die» la resolución como pedía el líder de ERC, mientras que la defensa del político solicitaba esperar al menos hasta el 14 de octubre, fecha en la que el TJUE tiene previsto celebrar la vista. La intención de Junqueras era mantener congelada la sentencia a la espera de hallar algún tipo de ampara en instancias internacionales

El tribunal que preside Manuel Marchena tiene previsto emitir su resolución antes del 16 de octubre. Esa es la fecha en la que el expresidente de la ANC, Jordi Sànchez, y el presidente de Òmnium, Jordi Cuixart, cumplirán dos años de prisión preventiva y, por tanto, en caso de que no hubiera sentencia emitida, se procedería a celebrar una vista para decidir sobre su situación.

A principios de julio, el Supremo aceptó la petición de Junqueras de transmitir una consulta prejudicial al TJUE para evaluar la inmunidad del presidente de ERC como diputado del Parlamento Europeo, aunque no la realizó de la manera en la que pedía la defensa del político catalán.

La consulta del Supremo

El TS planteó la consulta a través de tres cuestiones, siendo la primera la concesión de un permiso penitenciario eventual para Junqueras con el objetivo de que éste pudiera acatar la Constitución y cumplir con su escaño. En caso de que la respuesta fuera afirmativa, el Supremo planteó la segunda duda: si esa interpretación de la inmunidad valdría de la misma forma para un eurodiputado electo que aún no hubiera cumplimentado los trámites para tomar posesión del cargo. 

Si, de nuevo, la respuesta fuese afirmativa, el TS preguntó al TJUE si se vería en la obligación de permitir la salida de la cárcel a Junqueras «de forma automática» con el objetivo de cumplir «las formalidades y desplazamientos al Parlamento Europeo» del eurodiputado o si, por el contrario, tendrían margen para tomar la decisión pertinente. 

Por tanto, los magistrados del TS indican ahora que el efecto de esa cuestión prejudicial se limitó a dejar en suspenso el recurso de súplica de Junqueras que pedía la salida de prisión del político y poder ejercer como eurodiputado. En este sentido, los jueces apuntan que esto no condiciona la sentencia, ya que la cuestión prejudicial pertenece a la pieza de la prisión provisional, mientras que la decisión del TJUE «afecta a un incidente autónomo» en el procedimiento, pero en ningún caso «condiciona» el contenido de la resolución. 

El Supremo también rechaza otra de las peticiones de Junqueras, con la que pretendía informar de la decisión del Alto Tribunal al TJUE, ya que «no ha tenido lugar ningún cambio que pueda afectar al conocimiento del asunto». La última decisión del Supremo deja, por tanto, vía libre para la resolución de la sentencia del procés, que se conocerá antes del 14 octubre. Falta por dirimir si se hará en una vista pública o si finalmente se entregará únicamente a los abogados y procuradores, como es habitual. 

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