Junqueras tiene una opción para salir de prisión

El líder de Esquerra Republicana espera que la Justicia europea considere su condición de eurodiputado para concederle la inmunidad parlamentaria

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Oriol Junqueras tiene una opción para salir de la cárcel. La sentencia emitida este lunes por el Tribunal Supremo (TS) condena a 13 años de prisión al exvicepresidente de la Generalitat por un delito de sedición y otro de malversación, pero la resolución podría quedar anulada si el Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) admite la petición de Junqueras de considerar su inmunidad como diputado del Parlamento europeo. 

El Supremo elevó al TJUE una consulta a raíz de la petición del líder de Esquerra Republicana (ERC) después de que este accediera a su acta como eurodiputado tras las elecciones del pasado 26 de mayo. Como medida preventiva, el Alto Tribunal no permitió a Junqueras realizar los trámites pertinentes ante la Junta Electoral Central (JEC), lo que provocó que la JEC no le incluyese entre los eurodiputados electos. 

Las dudas del TS residían en el momento en que un eurodiputado electo adquiere las prerrogativas asociadas a su cargo, entre ellas, la inmunidad parlamentaria. Esto se tradujo en la denominada cuestión prejudicial que el tribunal envió a Luxemburgo, que ofrece el derecho a todos los miembros de la eurozona a expresar su criterio sobre la cuestión que se somete a debate. Sin embargo, en el caso de Junqueras, ningún Estado se ha pronunciado al respecto. 

Según informa La Vanguardia, el presidente de la sala del TS, Manuel Marchena, envió recientemente a la justicia europea una carta en la que remite una copia de la sentencia y expresa sus dudas sobre si la consulta «sigue manteniendo su interés y vigencia». Siguiendo la misma información, el texto remitido a Luxemburgo compromete de manera implícita al Supremo a aplicar la inmunidad parlamentaria a Junqueras si el TJUE se la reconoce y, si esto se produjese, obligaría al TS a tramitar la liberación del exvicepresidente de la Generalitat. 

De esta forma, el Supremo elimina las especulaciones que apuntaban a que la fecha para emitir la sentencia dependiera de la resolución de la inmunidad por parte de la Justicia europea. La última palabra está en manos del propio TJUE, que prevé celebrar una vista en la jornada de hoy para escuchar a las partes y, una vez concluida, pronunciarse al respecto de la inmunidad de Junqueras. 

Van den Eynde: «Recurriremos en todas las instancias»

El abogado de Junqueras, Andreu van den Eynde, señaló tras conocer la condena de su cliente que recurrirá «en todas las instancias» la sentencia ya que esta pone «límites al ejercicio del derecho a la protesta en un Estado democrático». «Y lo ha hecho de una forma que seguramente es genuina del Estado español, porque es el único Estado del entorno europeo democrático que prevé reacciones de la gravedad del delito de sedición que no tienen comparación en ningún otro Estado de nuestro entorno», declaró ante la prensa.

Van den Eynde aclaró, no obstante, que tendrá que seguir todos los pasos que «prevé» la ley, es decir, primero acudirán a la justicia española y luego a la internacional. El letrado también manifestó su rechazo a la sentencia, subrayando que el Supremo «decide que 10 o 15 años de prisión son una respuesta a la organización de un referéndum y a una manifestación popular». 

Puerta abierta al tercer grado

El Supremo sí deja la puerta abierta a que, además de Junqueras, el resto de condenados pueda acceder al régimen de semilibertad o tercer grado tras cumplir la mitad de la condena. Según el TS, conceder esta condición «no puede ser interpretada como un mecanismo jurídico» y debe lograrse a través del cauce impugnatorio adecuado, esto es, a través de la administración penitenciaria. 

En la sentencia, el TS se refiere al artículo 36.2 del Código Penal para remarcar que la condena de los líderes independentistas se ha emitido conforme a la actividad que estaban ejerciendo en el momento de delinquir, lo que supondría la pena de cárcel y la inhabilitación absoluta para ejercer en cargos públicos. No obstante, no entra en las competencias que atribuye al régimen penitenciario.

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