La cláusula del contrato de un piso compartido: si tu compañero se va, podrías pagar todo el alquiler
Regulada en la Ley de Arrendamientos Urbanos, esta cláusula ha aumentado sobre todo en pisos de las grandes ciudades como medida de protección para los caseros
Archivo – Viviendas, pisos, recursos de compraventa y alquiler de viviendas en Oviedo.
Millones de españoles comparten piso por necesidad ante la imposibilidad de acceder a una vivienda en solitario debido a los precios desorbitados del mercado. La situación ha convertido el alquiler compartido en la única opción viable para una generación que ha visto cómo los pisos se alejaban de su alcance económico.
En 2024, la oferta de alquiler de habitaciones aumentó un 22% según el portal Idealista, y en 2025 ha continuado creciendo de forma sostenida hasta tal punto que para muchos ha dejado de ser una etapa transitoria para convertirse en una forma permanente de acceso a la vivienda.
Sin embargo, la mayoría de quienes firman estos contratos lo hacen sin conocer una de las cláusulas más habituales –y más peligrosas para el inquilino– que los propietarios llevan años incorporando a sus contratos, la responsabilidad solidaria.
Se trata de una cláusula que puede obligarte a pagar el alquiler completo si tu compañero se larga sin buscarle sustituto.
Qué es la responsabilidad solidaria en el alquiler
La responsabilidad solidaria es un concepto jurídico que significa que cada inquilino responde frente al casero de la totalidad de la deuda y no solo de su parte. Esto debe aparecer expresamente en el contrato firmado por el inquilino.
Si el alquiler total cuesta 1.200 euros y en el piso viven dos compañeros, cada uno aporta 600 euros.
Si uno de ellos desaparece y se dan las condiciones de solidaridad, el propietario puede reclamar los 1.200 euros completos al que aún vive allí.
De un día para otro, el inquilino que permanece en el piso puede encontrarse con que tiene que asumir el doble de lo que pagaba hasta entonces, o arriesgarse a acumular una deuda que el casero puede reclamar por vía judicial.
Regulada en la Ley de Arrendamientos Urbanos, esta cláusula ha aumentado sobre todo en pisos de las grandes ciudades como medida de protección para los caseros.
Frente a impagos, el propietario tiene a alguien a quien reclamar ese dinero de forma legal. La crisis inmobiliaria ha hecho que este tipo de iniciativas aumenten.
Cuándo se aplica aunque no esté escrita
El Código Civil establece que la solidaridad no se presume, es decir, debe pactarse, aunque no es tan sencillo.
Los tribunales pueden interpretar solidaridad también cuando los inquilinos firman como coarrendatarios, cuando existe una única renta indivisible, cuando el contrato funciona como una unidad o cuando no se especifican cuotas individuales.
Este último punto es especialmente relevante. Muchos contratos de piso compartido establecen una única cantidad total sin desglosar cuánto corresponde a cada habitación.
Esa aparente simplicidad puede tener consecuencias graves si el arrendador demanda al inquilino que quedó en el piso, un juez podría interpretar que el contrato implicaba solidaridad aunque no lo dijera expresamente, precisamente porque la renta era una sola e indivisible.
Los errores más comunes al firmar
No leer bien las cláusulas, no conocer el lenguaje técnico ni informarse, y creer que la obligación se limita únicamente a pagar la parte correspondiente a la habitación son algunos de los errores más frecuentes de los inquilinos al firmar un contrato de alquiler.
Para evitar sorpresas, antes de firmar siempre se deben buscar las palabras «solidariamente«, «responsabilidad solidaria» y «de forma solidaria», términos que implicarían tener que pagar más si el compañero de piso cambia de vivienda.
La urgencia de encontrar alojamiento, la presión del mercado, donde las habitaciones en ciudades como Madrid o Barcelona se alquilan en horas, y la asimetría de información entre un propietario que ha firmado decenas de contratos y un inquilino que firma quizás el primero de su vida crean las condiciones perfectas para que cláusulas muy favorables al casero pasen desapercibidas.