La CNMC quiere dar más poder a Naturgy contra el fraude del gas: visitas sin previo aviso y cortes de suministro

El regulador propone que cualquier consumidor pueda pedir inspecciones, cuyos gastos correrían a su cargo si no se detecta fraude

La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández Vicién, comparece ante la Comisión de Investigación sobre el apagón, en el Senado, a 17 de marzo de 2026, en Madrid (España). Fernández comparece para dar cuenta

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha propuesto al Gobierno dar más poder a las distribuidoras de gas para luchar contra el fraude. Competencia propone, entre otras medidas, que las compañías como Naturgy, Nortegas o Redexis puedan hacer inspecciones sin previo aviso e incluso cortar el suministro si los potenciales defraudadores impiden el paso al domicilio.

El organismo que preside Cani Fernández ha emitido un informe en el que urge al Ministerio para la Transición Ecológica a modernizar el marco legal que regula las inspecciones de gas natural. Una regulación obsoleta que en algunos aspectos se remonta a reglamentos de 1973.

El objetivo de Competencia es dotar de mayor poder y autonomía a las empresas de distribución de gas en España para que puedan actuar de forma más rápida y frenar a aquellos que manipulan instalaciones y contadores para evitar pagar por el suministro de gas.

La principal distribuidora en España es Naturgy, que cuenta con una cuota de mercado del 70% a través de su filial Nedgia, seguida de Nortegas con, principal distribuidora en la zona norte (País Vasco, Cantabria, Asturias), Redexis, Madrileña Red de Gas, con fuerte presencia en la Comunidad de Madrid, y Gas Extremadura.

Son ellas, junto al personal competente de las comunidades autónomas, las que están autorizadas para llevar a cabo inspecciones rutinarias siempre y cuando cumplan una serie de requisitos.

Inspecciones sin aviso y cortes de suministro

Una de las medidas más llamativas de la propuesta es la posibilidad de que las distribuidoras realicen inspecciones por iniciativa propia sin comunicárselo previamente al consumidor.

La lógica que emplea el regulador se basa en que, en muchos casos, el fraude se detecta precisamente durante las visitas rutinarias de lectura de contadores. Exigir un aviso previo equivaldría, en la práctica, a avisar al defraudador.

En esta línea, una vez en el domicilio, el inspector debe intentar localizar al titular del punto de suministro o al usuario de la energía e invitarle a estar presente. Si no es posible acceder a la instalación en esa primera visita, se notificará al usuario una segunda cita con al menos siete días de margen.

Si tampoco en ese segundo intento se permite el acceso, la distribuidora queda habilitada para interrumpir el suministro de gas. De hecho, Competencia propone que si hay circunstancias de riesgo durante la visita, la compañía pueda llamar a las fuerzas y cuerpos de seguridad estatales y autonómicos para garantizar el acceso.

La propuesta incluye el corte de suministro automáticamente en casos donde el fraude suponga un riesgo para la seguridad de las personas o las instalaciones, donde haya conexiones directas a la red sin contrato -los denominados «enganches ilegales»- y en los supuestos de derivaciones y by-pass que permitan consumir gas sin que pase por el equipo de medida.

Además, en el resto de situaciones fraudulentas, el inspector podrá suspender el servicio si aprecia que se han alterado las condiciones técnicas de la instalación.

Para recuperar el suministro, el titular deberá arreglar las anomalías detectadas y aportar la documentación técnica exigida para la puesta en servicio de una instalación receptora.

Si no se procede al corte en el momento, el usuario dispone de un máximo de cinco días hábiles para regularizar la situación. En caso contrario, las distribuidoras como Naturgy podrán proceder igualmente al corte.

La distribuidora calculará el impacto del fraude

En cuanto a las cantidades defraudadas, la propuesta de la CNMC da la autoridad a las propias distribuidora para establecer la valoración económica del fraude y de responder a las alegaciones de los consumidores en el marco del expediente por fraude.

La compañía deberá elaborar un informe de valoración económica que determine cuánta energía se ha defraudado y durante cuánto tiempo. El período máximo que se podrá reclamar es de tres años, aunque si no es posible determinar cuándo comenzó el fraude, se aplicará por defecto un plazo de dos años.

Para calcular el coste de la energía no pagada, la CNMC propone tomar como referencia el precio promedio del Mercado Ibérico del Gas (MIBGAS), el mercado mayorista de referencia para España, durante el periodo de fraude.

A esta cifra se suman los peajes y cargos -costes fijos dentro de la factura energética- que habrían correspondido al punto de suministro, más un recargo adicional de 10 euros por megavatio hora tanto sobre peajes como sobre cargos, con el objetivo explícito de que la factura tenga un efecto disuasorio y no se limite a recuperar lo defraudado.

En el caso de viviendas donde no sea posible estimar el consumo real, el informe establece consumos estándar en función de la zona climática: desde los 6.000 kilovatios hora anuales para las zonas más cálidas hasta los 18.000 para las más frías.

No obstante, el regulador pretende que haya un mecanismo de pronto pago para que aquellos defraudadores que reconozcan rápido la infracción puedan ver reducida su multa.

Si el consumidor abona la deuda en un plazo máximo de 20 días hábiles desde que recibe la notificación, los recargos adicionales se reducirán a la mitad. Esta opción, sin embargo, implica renunciar a presentar alegaciones o interponer recursos.

Asimismo, la CNMC propone para aquellos que no puedan asumir el pago de una sola vez puedan fraccionar la totalidad de la deuda en seis mensualidades.

CNMC propone que los consumidores también denuncien

La propuesta no limita la iniciativa inspectora a las distribuidoras. La CNMC establece expresamente que tanto los consumidores como los comercializadores podrán denunciar fraudes para que se realicen inspecciones.

Se trata de una puerta abierta a que cualquier vecino que sospeche que en su edificio se está produciendo un enganche ilegal pueda ponerlo en conocimiento de la distribuidora y reclamar una actuación.

No obstante, el regulador subraya que «los gastos generados por la inspección serán a cargo del solicitante de la inspección en el caso de que la inspección no detecte fraude, y a cargo de la parte responsable del fraude, en caso de detección del mismo».

Con todo, Competencia considera que estos cambios deberían aprobarse mediante real decreto, en línea con las previsiones de la Ley de Hidrocarburos. La pelota queda ahora en el tejado del Ministerio para la Transición Ecológica.

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