El Supremo tumba la reclamación de 46 millones de la concesionaria de la AP-9 por el Covid

Audasa, que cerró su último ejercicio con más de 82 millones de beneficio, pretendía una indemnización por la caída de tráfico apelando al reequilibrio patrimonial de la concesión, pero el Supremo dice que ese fundamento no consiste en que la empresa "gane siempre lo que quiere"

Inauguración de la ampliación de la AP-9 en Santiago con Mariano Rajoy y Alberto Núñez Feijóo

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El Tribunal Supremo cierra la puerta de las indemnizaciones a las concesionarias de autopistas que sufrieron una abrupta caída de usuarios durante la pandemia del Covid-19 y que no serán compensadas en base a la cláusula de reequilibrio patrimonial de los contratos concesionales. Lo acaba de constatar Audasa, cuya reclamación ha naufragado en la Sala de lo Contencioso debido a que dicha cláusula no es un blindaje absoluto a sus beneficios y no implica, según la sentencia, que la empresa «gane siempre lo que quiere».

La concesionaria de la AP-9 había presentado un recurso contra el acuerdo del Consejo de Ministros que rechazaba su petición de compensación por las pérdidas derivadas de la crisis sanitaria, es decir, la caída de ingresos por el descenso de tráfico. La compañía del grupo Itínere reclamó 46,1 millones, aunque rebajó la cantidad de manera subsidiaria hasta los 28,5 millones, en caso de que no se aceptasen diversas cantidades superiores, según consta en el fallo adelantado por Praza.

La batería de argumentos de Audasa para justificar la compensación apelaban a la inconstitucionalidad de varias medidas y normas adoptadas por el Gobierno, una presunta discriminación o la supuesta pérdida de derechos consolidados. También cuestionaba que la normativa que reguló las compensaciones por pérdidas durante la pandemia hacía una interpretación muy restrictiva sobre las condiciones que debían cumplirse para acceder al reequilibrio económico de las concesiones.

No altera la viabilidad de la concesión

El alto tribunal ha rechazado en una sentencia del pasado 15 de marzo que las normas aplicadas incurrieran en inconstitucionalidad, y también ha señalado que la concesión de Audasa no puede acogerse a los mecanismos de reequilibrio invocados por la recurrente, ya que ni el pliego ni la ley de autopistas reconocen ese reequilibrio «de un modo general».

Tras apuntar que los perjuicios sufridos son atribuibles al legislador y no a la Administración del Estado, el Supremo también señala que «no es posible considerar que la momentánea pérdida de ingresos durante un breve período» vaya a alterar sustancialmente la economía de la concesión o a impedir la continuidad de la misma.

Los magistrados recuerdan que las medidas adoptadas para paliar las consecuencias de la pandemia iban encaminadas, en el caso de las concesiones como las de autopistas, a garantizar la continuidad de los contratos (por eso se condicionaron las compensaciones a que las empresas tuvieran margen de explotación negativo). «El fundamento de ese reequilibrio no consiste en que el concesionario gane siempre lo que él quiere«, afirma la sentencia.

Audasa confunde el interés público con el suyo

El Supremo ha apuntado que la pandemia y la crisis económica afectaron a toda la población y a la actividad económica, sin que las pérdidas hayan sido reparadas para el resto de contratos. De hecho, en su resolución advierte de que Audasa «confunde el interés público con el interés de su empresa y sus empleados».

Con respecto a la explotación de la concesión, subraya que «no se puede confundir la imposibilidad con la dificultad de ejecutar el contrato», especialmente teniendo en cuenta que «la duración de la concesión se prolonga durante años» y los problemas a los que alude la recurrente fueron «en unos pocos meses».

El tribunal concluye que «el reequilibrio ha de ser valorado en el conjunto de la prestación» de la concesión, y recuerda que la eventual reducción de ganancias (que no siempre se traduce en reducción de beneficios) entraría dentro del riesgo que asume el concesionario.

La AP-9 siguió en beneficios

En 2020, la concesionaria de la autopista experimentó una reducción en sus beneficios, que cayeron a 33,7 millones de euros, tras una bajada del 28 % en el tráfico. Sin embargo, la empresa recuperó el pulso al año siguiente, con un beneficio de 50,7 millones de euros, incluso por encima de los 42,3 millones obtenidos en 2019. En el ejercicio 2022, los beneficios se elevaron hasta los 66,1 millones de euros y, en el de 2023, alcanzó su cifra récord, con 82,6 millones de euros de beneficio.

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