Contas destapó contratos irregulares de la Xunta con Inaer desde 2008

Contas detecta infracciones en los criterios de selección, incumplimiento de los pliegos y prórrogas irregulares en adjudicaciones que superan los 60 millones

Antes de que Núñez Feijóo tuviera que salir en defensa de su director de ordenación forestal, Tomás Fernández Couto, investigado por la adjudicación del servicio de transporte aéreo en la lucha contra el fuego a la empresa Inaer, el Consello de Contas ya había alertado de que los contratos del servicio contra incendios, y también los de salvamento marítimo, tenían severas lagunas.

El organismo fiscalizador, en un informe de 2014, detectaba importantes irregularidades en una serie de contratos adjudicados entre 2008 y 2012, en los que Inaer, unas veces en solitario y otras de manera compartida a través de una UTE, logró hacerse con la mayor parte de los más de 60 millones licitados por el Gobierno gallego. El análisis de Contas, de la misma etapa por la que está siendo investigado Fernández Couto, detecta infracciones en los criterios de selección, incumplimiento de los pliegos y adjudicaciones a dedo contrarias a la ley de contratos de las administraciones públicas.

Irregularidades en los criterios de selección

El informe arranca en la adjudicación del servicio de “14 helicópteros para la prevención y extinción de incendios forestales 2008-2009”, contrato repartido en cuatro lotes de los que Inaer resultó adjudicataria en tres. La empresa, ahora integrada en el grupo británico de defensa Babcock, facturó con su filial en Galicia, dedicada prácticamente en exclusiva a servicios de emergencia, algo más de diez millones el año pasado.

Critica Contas respecto a los contratos, por un valor conjunto próximo a los 15 millones, que presentaban criterios “indeterminados”, como el de “mejoras tecnológicas”, que se valoraba hasta con 40 puntos.

“La indeterminación de las mejoras permitió que en el informe técnico se valoraran elementos que no estaban incluidos en el pliego, como los meses adicionales de prestación del servicio o las horas adicionales de vuelo y el conocimiento de lengua española de los técnicos de las aeronaves. La valoración de estas mejoras no establecidas en el pliego de cláusulas vulnera lo dispuesto en el artículo 86 de la TRLCAP (ley de contratos de la administración pública), que establece que los criterios de adjudicación se determinan en el pliego de cláusulas administrativas particulares”, resuelve Contas.

Inaer tendría que haber sido excluida

El organismo señala otros problemas similares, como que se utilice la experiencia o la cobertura de los seguros como criterios de adjudicación, cuando se trata de requisitos de solvencia de las empresas. Lo más curioso, sin embargo, es que Inaer no podría haber sido adjudicataria en ningún caso, pues incumplía, según Contas, los requisitos técnicos que exigía el pliego.

Según explica el informe, las prescripciones técnicas establecían que “la empresa adjudicataria debe contar con pilotos que cuenten con una experiencia mínima acreditable, entre otras, de 500 horas de vuelo en campañas de defensa contra incendios forestales”.  Sin embargo, las empresas propusieron pilotos que solo acreditaban 300 horas de vuelo. “En este sentido, las empresas adjudicatarias no cumplían los requisitos de capacidad exigidos en el pliego de prescripciones técnicas para concurrir a la licitación del contrato”, concluye Contas.

El (no) contrato investigado

Y esta es toda una paradoja, pues el contrato que le ha costado la imputación al responsable de ordenación forestal de la Xunta a raíz de la denuncia de la CIG, en realidad nunca debió salir adelante. Como explica el Consello de Contas, fue posteriormente “objeto de dos prórrogas a favor de Inaer hasta el 30 de diciembre de 2011”. “Sin embargo, la prestación de servicios por esta empresa continuó durante el año 2012 sin la preceptiva cobertura legal”.

Añade el informe que prueba de ello son “dos certificaciones que obran en el expediente, con fecha 31/1/2013, correspondientes a las horas de vuelo realizadas en el año 2012”. Es decir, los helicópteros sobrevolaban Galicia, pero se desconoce en base a qué contrato.

Adjudicación “a dedo” irregular

Fue a comienzos de 2013 cuando la Xunta trató de poner en marcha un nuevo concurso para adjudicar el servicio. En la primera intentona quedó desierto, por lo que el Gobierno gallego inició por vía de urgencia un procedimiento negociado y sin publicidad, lo que comúnmente se denomina ‘a dedo’, “pero modificando el contenido de una de las cláusulas del pliego de prescripciones técnicas del anterior procedimiento abierto que no se adecuaba a los protocolos que fija la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en materia de navegación”.

En ello se apoya Contas para exponer que se trata de una irregularidad, pues “la modificación sustancial de las condiciones iniciales relativas a la aptitud de las empresas para concurrir en la licitación constituye un obstáculo legal para la posterior convocatoria de un procedimiento negociado sin publicidad, con infracción de los principios de publicidad y transparencia que deben presidir los procedimientos de contratación pública”. El contrato acabó de nuevo en manos de Inaer. 

 

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