Estafa en Megasa: un soplo destapó la trama urdida por los chatarreros

El Supremo avala una denuncia anónima que sirvió a Megasider Zaragoza, filial de Megasa, para querellarse contra una red ilegal de proveedores y empleados

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«Buenas. En primer lugar quiero que entiendan porque me mantengo en el anonimato, para no tener represalias hacia mi persona después de lo que voy a exponer. Quiero darle a conocer un posible fraude que se está produciendo en el parque de chatarra entre clasificadores y chatarreros, beneficiando a varios chatarreros en las clasificaciones de chatarra, cambiando categorías de calidades o poniendo mucho menos residuo del que lleva. Esto se hace a varias horas pero en general se recepcionan de 6:00 horas a 7:00 horas de la mañana. A cambio de esas clasificaciones (sic), los chatarreros se benefician económicamente con importantes cantidades de dinero. Aquí le dejo constancia, y ahora está en sus manos. Atentamente». Esa fue, literalmente, la denuncia anónima que permitió destapar toda una red fraudulenta en Magasider Zaragoza, propiedad del grupo gallego Megasa.

En 2016 se firma la incorporación de la planta de Arcelor Mittal Zaragoza al Grupo Megasa, de la familia Freire. Desde entonces, la fábrica pasa a denominarse Megasider Zaragoza. Es precisamente esta filial del grupo gallego la que inicia acciones judiciales contra una trama urdida con anterioridad por subcontratistas, en connivencia con trabajadores, destapada a partir del anónimo que se había recibido en las oficinas.

Petición de nueve millones en indemnizaciones

El juicio se celebró en la Audiencia Provincial de Zaragoza en 2017, con fallo en abril del año siguiente. Como acusación particular, Megasider Zaragoza llegó a solicitar no solo las penas de estafa continuada para los acusados, también el delito de pertenencia a grupo criminal, que finalmente fue desestimado por el tribunal. El grupo gallego, con informes periciales de KPMG, llegó a solicitar una indemnización superior a los nueve millones de euros, que al final se vio sustancialmente rebajada. Los hechos se habían producido, según la sentencia, entre 2012 y 2015, justo antes de la llegada de Megasa a Zaragoza.

Ahora, tras los recursos presentados, una sentencia del Tribunal Supremo aborda el caso de Megasider Zaragoza y  acaba de validar el uso de la denuncia anónima como punto de partida para investigar delitos en el seno de una empresa, al tratarse de una práctica avalada por el derecho comunitario, el cual legitima estos canales por su «alta eficacia» para detectar irregularidades.

Dos años de cárcel

En su sentencia, la Sala de lo Penal confirma las condenas de hasta dos años de prisión por estafa a varios trabajadores de la entonces Arcelor Mittal, que se pusieron de acuerdo con proveedores para recibir cargas de chatarra mezclada con materiales de desecho en un porcentaje muy superior al habitual. «Los empleados encargados de clasificar la chatarra, cuando llevaba la carga a la empresa transformadora, efectuaban un descuento muy inferior; ello ocasionó un fraude de 456.340 y 340.650 euros«, relatan los magistrados, que entienden probados los hechos recogidos en su fallo por la Audiencia Provincial de Zaragoza.

La sala otorga especial importancia a que la investigación partiera de una denuncia anónima recibida en el departamento de recursos humanos de la compañía en la que se advertía de que se estaban realizando maniobras fraudulentas en las entregas y clasificación de la chatarra. Esta alerta, que dio pie a las primeras pesquisas internas, acabaría permitiendo constatar la existencia del delito más tarde, primero denunciado ante la Policía Nacional por la empresa y después confirmado en sede judicial.

El papel del «soplón»

En este sentido, el Supremo apoya el empleo de las «denuncias anónimas» cuyo contenido sea corroborado por las investigaciones posteriores llevadas a cabo tanto por la empresa como por la Policía. Para los jueces, ante la inexistencia de un programa de cumplimiento normativo («compliance»), resulta «notablemente interesante» que, en el periodo de los hechos, el denunciante se haya podido acoger al menos al llamado canal de denuncias interno o whistleblowing, incluido en la reciente directiva de la Unión Europea sobre la protección de las personas que informen acerca de infracciones.

Con esta sentencia, recogida por Efe, el Supremo busca reforzar la protección del whistleblowing, conocido popularmente como el «soplón», y su derecho a la libertad de expresión e información, facilitando, al mismo tiempo, el descubrimiento de prácticas ilícitas. De ahí, concluyen los magistrados, que resulte «necesaria» la correlación entre un programa de «compliance» que evite y prevenga los delitos cometidos por directivos y empleados en el marco de sus funciones, y un canal anónimo al que recurran los informantes ante el conocimiento de cualquier irregularidad que pueda «poner en riesgo y peligro hasta sus propios puestos de trabajo», y por el «propio sentimiento de honradez profesional».

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