Monbus y Alsa acusan al TSXG de injerencias e ilegalidades por ordenar investigarlas

Monbus habla de la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que ordenó a Competencia investigar un posible reparto de mercado en las adjudicaciones de transporte de la Xunta como una "ilegalidad flagrante", y Alsa la califica de "injerencia ilegítima"

Flota de autobuses de Monbus / EP

Flota de autobuses de Monbus / EP

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Monbus y Alsa quemaron todas las balas intentando frenar la investigación por cártel en el concurso de transporte regular de viajeros por carretera de la Xunta, la licitación más voluminosa en esta materia de la Consellería de Infaestruturas. La Comisión Galega da Competencia incoó expediente sancionador a los dos grupos en octubre del año pasado, después de archivar previamente las denuncias contra ellos. Fue el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) el que obligó a la entidad que preside Ignacio López-Chaves a expedientar a las empresas al considerar que había indicios de reparto de mercado y que Competencia había archivado el caso sin siquiera investigarlo.

Las compañías llevaron esta resolución al Supremo y, una vez que adquirió firmeza y la Comisión Galega da Competencia se vio obligado a incoar el expediente, también recurrieron contra la apertura de la investigación. En sus recursos, Monbus y Alsa sugieren que el organismo pudo optar por no ejecutar la sentencia del TSXG y, por tanto, no expedientarlas. A juicio de ambos, se provocó una situación de indefensión al privarlas de poder aportar explicaciones adicionales que evitasen la apertura del expediente sancionador.

Lo expresan de manera contundente, según consta en la resolución que hizo pública Competencia. Monbus, el mayor grupo gallego de transporte de viajeros por carretera y el gran dominador del mercado en Galicia, habla de que la sentencia del TSXG incurrió en una «ilegalidad flagrante», pidiendo el archivo de las actuaciones al no haber «pruebas adicionales en sentido contrario».

Alsa, por su parte, se refiere al fallo como «una injerencia ilegítima del orden jurisdiccional en una competencia administrativa» que le impidió aportar explicaciones y justificaciones adicionales con carácter previo a la incoación, «lo que permitiría reforzar la conclusión previamente alcanzada sin necesidad de iniciar formalmente una investigación de, al menos, 24 meses de duración». Alsa incluso muestra su perplejidad con el expediente, pues dice que es a sus ojos «incomprensible» después de la resolución previa del organismo en la que no veía indicios de infracción.

Daño reputacional y económico

Competencia hace caso omiso a las quejas de Alsa y Monbus como quien rechaza una incitación a la desobediencia. En su resolución explica que no corresponde a la entidad ejercer «funciones propias del Poder Judicial ni, desde luego, revisar el contenido de una sentencia judicial firme», como tampoco «debatir sobre la posibilidad de adoptar acuerdos contrarios a la ejecución de una sentencia firme».

Esta posición del Pleno dejaba en nada los argumentos de las compañías, que también lamentaron el impacto que la investigación tiene en su reputación y en sus finanzas. Ambas argumentan que la investigación les obliga a «invertir grandes cantidades de recursos económicos y medios personales en su defensa«, así como a «continuar sufriendo un perjuicio evidente en la reputación del grupo durante el periodo de tramitación», generando una pérdida de confianza y lealtad por pate de empleados, clientes y socios comerciales, que tendrá repercusión más allá de las licitaciones de transporte público de viajeros por carretera de Galicia».

Comenta el artículo
Avatar

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta