Cinco rebajas de pena en A Coruña a condenados por delitos sexuales por la ley del ‘solo sí es sí’

La Audiencia Provincial de A Coruña rebaja la pena a cinco condenados y deniega la revisión en otros siete casos

Irene Montero, ministra de Igualdad, y Pilar Llop, ministra de Justicia

Irene Montero, ministra de Igualdad, y Pilar Llop, ministra de Justicia / Europa Press

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La Audiencia Provincial de A Coruña ha acordado revisar las penas impuestas a cinco condenados por delitos sexuales en aplicación de la nueva ley del ‘solo sí es sí’. Los magistrados han rechazado aplicar esta misma revisión en siete casos, donde las penas se mantendrán.

En una de las penas rebajadas, los magistrados han fijado en 13 años de cárcel, en lugar de en 14 años y tres meses de prisión, la condena a un autor de un delito continuado de agresión sexual. En dos de los procedimientos, han decretado imponer cuatro años de cárcel, en lugar de los seis a los que habían sido sentenciados dos autores de un delito de agresión sexual, pues explica que la pena mínima cuando fueron enjuiciados era de seis años y, con la nueva redacción del tipo, se ha fijado en cuatro años.

Rebajas de un año de cárcel

El tribunal también ha decretado que ha lugar a la revisión de la pena de tres años de prisión impuesta por un delito intentado de agresión sexual -la mínima legalmente posible en aquel momento- y le ha impuesto a un condenado, en su lugar, dos años de cárcel, pues indica que esa es la pena inferior en grado en la actual redacción del artículo 179 del Código Penal.

La Audiencia Provincial de A Coruña también ha rebajado de diez a nueve años de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años.

Economía Digital Galicia

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