La Justicia responsabiliza al Concello de Vigo del derrumbe en O Marisquiño

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia considera que el Ayuntamiento era responsable de mantener y conservar el paseo que se hundió y provocó el accidente durante el festival

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Los tribunales responsabilizan al Ayuntamiento de Vigo del mantenimiento y la conservación del paseo de As Avenidas, la zona que se hundió parcialmente durante uno de los conciertos de O Marisquiño en 2018, provocando más de 450 heridos.

Dos sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia determinan que el Concello que dirige Abel Caballero incumplió su obligación de mantener y conservar parte del área afectada por el convenio Abrir Vigo al Mar, suscrito en 1992 entre el Ayuntamiento, el Consorcio de la Zona Franca y la Junta de Obras del Puerto de Vigo (hoy Autoridad Portuaria).

Por este motivo, encuentra motivos para la anulación de dicho acuerdo. La Sala indica que se debe proceder a la liquidación del convenio pues, «necesariamente, el mantenimiento debe conectarse con la seguridad y con el uso, y el Ayuntamiento no lo cumplió, a la vista de los documentos aportados».

Discrepancia de un juez

Según el TSXG, antes de autorizar un uso diferente al simple paseo, que era el que tenía en la concesión, el Ayuntamiento debió «valorar la seguridad de la instalación». El convenio, según el alto tribunal, «no ofrece dudas interpretativas en cuanto a la obligación de mantenimiento y de buen estado de conservación» por parte del Ayuntamiento de aquellas zonas de uso público, quedando eximido de aquellas que puedan ser de uso exclusivo de la Autoridad Portuaria.

Ante ambas sentencias cabe presentar recurso de casación y las dos incluyen el voto particular de uno de los magistrados de la Sala. Entre los motivos de discrepancia, el magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG indica que en 1992 esa dársena no podía incluirse en el convenio ya que el acuerdo alcanzado entre el Club Náutico y Zona Franca fue posterior. Además, explica que la referida dársena no aparece mencionada en el acta de entrega de las obras por Zona Franca al Concello, formalizada en 2003 y en la que se remite a las obligaciones de mantenimiento y conservación contenidas en el convenio.

Está por ver en qué medida estas resoluciones del TSXG pueden afectar al proceso de instrucción sobre el propio accidente durante el concierto y a las posibles reclamaciones de las personas que presentaron denuncia en los juzgados de Vigo. Este procedimiento sigue en fase de instrucción y aún no se ha decidido si se archivará o si continuará (por vía penal o civil).

Caballero se aferra al voto particular

A través de un comunicado remitido a los medios, el Gobierno municipal de la ciudad olívica ha evitado entrar en el contenido de las resoluciones, aunque ha destacado que ambas tienen «un importante voto particular», en el que uno de los jueces indica que en 1992 esa dársena no podía incluirse en el convenio de Abrir Vigo al Mar ya que el acuerdo alcanzado entre el Club Náutico y Zona Franca fue posterior.

En atención a esa discrepancia, el Ayuntamiento ha valorado que la decisión del TSXG «no se toma por unanimidad» y «no se imponen costas, lo que constituye un elemento procesal muy significativo». «Los servicios jurídicos del Ayuntamiento están estudiando la resolución, contra la que cabe recurso de casación y, por tanto, el proceso judicial no está concluido. Como siempre hacemos, esperaremos la decisión de los servicios jurídicos municipales al respecto», concluye el comunicado.

Economía Digital Galicia

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