Durísimo alegato del fiscal para retirar el tercer grado a José Luis Núñez

El Ministerio Público dice que "el internamiento efectivo es la única manera de concienciar al delincuente de cuello blanco"

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Al fiscal no le ha temblado el pulso a la hora de recurrir la decisión de la junta de tratamiento de la cárcel de Quatre Camins que ha permitido que José Luis Núñez y su hijo disfruten del tercer grado penitenciario (semi libertad) tan solo 24 días después de haber ingresado en prisión.

El fiscal afirma que las penas de cárcel tienen como objetivo constitucional la resocialización del preso pero también, subraya, tienen la finalidad del castigo por los actos enjuiciados. «La pena, en este caso, ha de constituir un medio de intimidación al delincuente, de retribución por el acto cometido. El entrenamiento efectivo es el único modo de concienciar al delincuente de su mal comportamiento». Y añade… «La pena de cárcel ha de intimidar y a la vez ha reestablecer la confianza del resto de la sociedad».

Los abogados, perplejos

Fuentes del colegio de abogados de Barcelona y de la asesoría jurídica de José Luis Núñez, consultadas por Economía Digital, consideran una desproporción esas valoraciones, que llegan incluso a calificar como de atentado contra los valores democráticos.

El Ministerio Público, sin embargo, no escamotea adjetivos para calificar la conducta punible que la sentencia del supremo ha atribuido a José Luis Núñez padre e hijo. El fiscal dice que el que fuera presidente del Barça durante 23 años sobornó a funcionarios de hacienda para pagar menos impuestos, «…y lo hizo sin ningún reparo ni pudor, por puro ánimo de lucro y por mera avaricia, cuando no tenía necesidad ni dificultad económica alguna».

El recurso de fiscal continúa con más críticas a la conducta criminal de estos dos presos, que, de momento, y mientras no se pronuncie el juez, sólo van a la cárcel a dormir de lunes a jueves: «Estas personas utilizaron su privilegiada situación social y poder económico empresarial para delinquir en perjuicio del resto de la sociedad».

Mayor relevancia social, mayor pena

Otro de los aspectos del recurso muy criticados por fuentes próximas a la abogacía, son las referencias del fiscal al controvertido concepto de alarma social. «El hecho de que las  personas que han perpetrado estos hechos, tengan una relevancia social y profesional, incide más en el reproche social, más cuando éstas fueron un referente empresarial».

Fuentes próximas al colegio de abogados consideran que afirmaciones como ésta dan a entender una máxima que resulta inaceptable: que un ciudadano, por el hecho de ser empresario se merece un mayor castigo penal por idéntica conducta quien no lo es.

Reproche de la sociedad

El Ministerio Público va incluso más allá cuando reclama un reproche social para estos comportamientos de corrupción… «que por su extrema gravedad, deben de ser objeto de un importante  reproche no sólo penal, sino social».

El fiscal, pide una actuación firme del juzgado porque el actual régimen de tercer grado del que disfrutan José Luis Núñez padre e hijo, supone que «la imposición de castigo a los culpables de este tipo de delitos de corrupción, quede impune y se produzca una desigualdad entre ciudadanos».

El juzgado, en breve, hará pública su resolución.

Economía Digital

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