La Audiencia de Palma levanta la imputación a la Infanta

Cristina de Borbón no tendrá que declarar ante el juez Castro

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Cristina de Borbón no tendrá que ir a declarar ante el juez José Castro por su posible vinculación con el caso Nóos. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma ha dejado sin efecto la imputación de la Infanta por parte del magistrado que instruye el caso. En su resolución, que se ha hecho pública este martes al mediodía, acepta parcialmente los recursos presentados en contra de esta decisión por parte de la Fiscalía Anticorrupción, la Abogacía del Estado, la propia Infanta, el Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, y el secretario personal de las Infantas, Carlos García Revenga.

Solamente ha habido un voto particular a favor de mantener la imputación emitido, el del magistrado Juan Jiménez.

Cierre en falso

El juez Castro aseguró en el auto en el que decidía imputar a la Infanta que era necesario que declarara antes de finalizar la instrucción del caso para evitar que «se perpetúe la incógnita» de su supuesta implicación en esta causa. En su opinión, mantener la duda sería un «cierre en falso en descrédito de la máxima de que la Justicia es igual para todos y una clara contradicción a la práctica cotidiana de los juzgados y tribunales que en casos similares es muy escasamente probable que prescindieran del trámite».

El magistrado sacó esta conclusión a partir de la declaración el ex socio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres, y de los numerosos correos electrónicos que aportó a la investigación. Castro mostró sus dudas sobre que la Infanta “desconociera la aplicación que su esposo diera a su mención como vocal de la Junta Directiva de la Asociación Instituto Nóos y en la mercantil Aizoon».

Falta de elementos incriminatorios

Anticorrupción cargó contra el documento de Castro. El fiscal Pedro Horrach aseguró que en la fase procesal en la que se encuentra el caso Nóos “no se entiende” la decisión de imputar a la Infanta. Señaló que no existen “elementos incriminatorios” que sustenten la acusación formal.

Además, puso el acento en que Cristina de Borbón “ni es titular, ni es autorizada o apoderada en cuenta corriente alguna vinculada al Instituto Nóos o a la Fundación Deporte Turismo e Integración Social”. Incluso aportó un tercer elemento para desestimar la imputación: recordó que en el sistema procesal penal de España son «las acusaciones públicas, particulares o populares quienes determinan los hechos delictivos y los presuntos responsables en sus  escritos de acusación y de solicitud de apertura del Juicio Oral».

La Abogacía del Estado se adhirió a esta impugnación.

Recurso de la Infanta

La propia Infanta Cristina también presentó sus argumentos contra su imputación el pasado 16 de abril. Su defensa, en manos de Miquel Roca y Jesús María Silva, aseveró que «no tiene sentido» un encausamiento con «nulas posibilidades de prosperar», máxime cuando la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado han mostrado su disconformidad con la decisión del juez Castro y teniendo en cuenta que un imputado no puede llegar a la fase del juicio si contra él las acusaciones no han formulado acción alguna.

Tachó de «clara contradicción con la práctica cotidiana de los juzgados y tribunales» el hecho de citar a declarar a su patrocinada «estando claro a estas alturas del proceso que sólo la acusación popular», ejercida por el sindicato Manos Limpias, «podría estar interesada» en esta diligencia.

En esta línea, aseguró que era «altamente improbable» que el emplazamiento de la Infanta para que acudiera a declarar a los Juzgados de Via Alemania de Palma resultara «útil a los fines del proceso». En su impugnación, los letrados apuntaron a una vulneración del principio de igualdad, a la inexistencia de indicios incriminatorios y de infracción penal y a la vulneración del principio acusatorio en la imputación de su defendida.

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