El TSJ avala que Ford Almussafes y UGT excluyan de todas las comisiones a Intersindical-STN

El Tribunal Superior de Justicia retrata a STN como un sindicato que no firma convenios pero sus miembros se acogen a los ERE que negocia UGT

Imagen de archivo de la firma del acuerdo en la factoría de Ford en Almussafes. Foto: UGT

Imagen de archivo de la firma del acuerdo en la factoría de Ford en Almussafes. Foto: UGT

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia ha desestimado la demanda del sindicato Intersindical-STN, minoritario en Ford Almussafes, contra la dirección de la factoría y UGT, sindicato mayoritario, por el hecho de que no forman parte de una serie de comisiones de trabajo en la que han quedado excluídas.

El foco de la demanda está especialmente en el deseo de STN de formar parte del Observatorio para la electrificación y la comisión de seguimiento de cambios, es decir, por estar en las mesas donde se decide todo lo que tiene que ver con la llegada del nuevo vehículo eléctrico que llegará a la factoría.

STN está fuera, y ahora con respaldo judicial, de la mesa más relevante para el día a día de los más de 4.000 trabajadores de Ford Almussafes, que es en la que se decide qué días se trabaja y cuáles se aplica el ERTE Red. Estas decisiones las toman exclusivamente la dirección de Ford Almussafes y UGT sin que ningún otro sindicato tenga voz y voto. La Sala de lo Social también ha determinado que STN tampoco tiene derecho a los 6.000 euros que reclamaban por estar totalmente al margen de cualquier decisión técnica en la factoría, como así se ha acreditado y validado legalmente.

La sentencia 807/2026 a la que ha tenido acceso Economía Digital, recuerda el primer dato relevante para entender la situación dentro de la factoría. El 21 de febrero de 2023 se celebraron elecciones obteniendo UGT el 62% de los votos (2.713) frente al 30% de STN (1.321), el 3% de CCOO (150) y el 3% de CGT (141). De los 26 delegados, UGT tiene 17 mientras que STN tiene 9.

Con la mayoría absoluta lograda por UGT, el sindicato liderado en la factoría por Carlos Faubel ha alcanzado acuerdos marco críticos para el futuro de la factoría de Ford en Almussafes, como es el caso del convenio o del acuerdo de electrificación, y centenares de acuerdos pequeños, como son los cambios de calendario laboral que se producen casi semanalmente además cuestiones relacionadas, por ejemplo, con las nóminas. Mientras tanto, STN se ha quedado, por decisión propia, al margen tanto de los grandes como de los pequeños acuerdos.

Un tercio de STN, voluntarios del ERE

Los antecedentes de hecho recogidos en la sentencia incluyen una cronología de todas las comisiones que se han creado en la factoría desde 2023 donde destaca una actualización del 18 de diciembre de 2023 que fue debida «al cese de tres delegados de STN miembros del Comité de Empresa que habían dejado la compañía adhiriéndose voluntariamente al último ERE en vigor». Oficialmente, STN se opuso a este ERE del que un tercio de sus delegados se aprovecharon de sus condiciones a título particular.

Este rechazo frontal de STN a las medidas que pacta UGT con la dirección de Ford Almussafes es el principal argumento jurídico que la Sala argumenta para desestimar la demanda del sindicato minoritario.

La Sala afirma: «La actuación del sindicato accionante, que decidió no participar en el proceso de constitución de las citadas comisiones, imposibilitaba claramente, no solo la presentación de sus miembros a integrar las comisiones, sino la concreción de los mismos por parte de los miembros del comité presentes y votantes en la reunión. Tal conducta suponía una clara autoexclusión en el proceso decisorio, con consecuencias activas y también pasivas. De ahí que la merma en su campo de acción sindical del sindicato accionante solo a él pueda serle imputable«.

Además, indica: «De otro lado, la constitución de las comisiones se efectuó dentro del proceso de debate y participación de los miembros del comité -excepto, lógicamente, los autoexcluidos-, sin que quepa tachar de antidemocrático el sistema, al no constar que hubiera oposición alguna por parte de tales miembros reunidos».

El otro argumento que utiliza la Sala de lo Social del TSJ para desestimar la sentencia de STN es que en las comisiones técnicas o de seguimiento no existe obligación legal de seguir el principio de proporcionalidad que sí que tiene, por ejemplo, una negociación del convenio colectivo.

«La vulneración del derecho de acción sindical sólo sería apreciable si tales comisiones encerraran facultades de negociación que fueran más allá de la mera administración del convenio. Pero en este caso no es simplemente la firma del convenio la que actúa de condicionante de la distribución de la ayuda económica, sino la integración en unas comisiones de las que el propio sindicato accionante se excluyó al no suscribir el convenio«, explica la sentencia.

Al margen del intento de protagonismo de STN después de haber renunciado al protagonismo para no firmar los acuerdos que logra UGT (pero sí firmarlos a nivel personal), la sentencia incluye un dato no oficial sobre el futuro de Ford Almussafes. «El objetivo principal de la Comisión Observatorio por la Electrificación es el de compartir e informar de los avances y las necesidades que se vayan produciendo en la fábrica, con el fin de garantizar el éxito del lanzamiento del nuevo vehículo multienergía, en junio de 2027, asignado a la planta». Por tanto, faltarían 15 meses para el lanzamiento del nuevo coche prometido.

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