Correos provoca un agujero de 500 millones en Hacienda

La empresa pública utiliza el servicio postal universal como argumento para comercializar exentos de IVA la mayoría de sus productos

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El malestar con Correos del sector privado de paquetería y mensajería arrecia estos días al comprobar que la empresa pública comercializa la mayoría de sus productos, a través de convenios anuales, exentos de IVA.

La práctica del grupo que preside Javier Cuesta se escuda en la prestación del servicio postal universal (SPU), el argumento por el cual el Estado también inyecta en vena recursos públicos al conglomerado logístico.

Los cálculos del sector apuntan que Hacienda ha dejado de ingresar 110 millones al año en IVA, que Correos no recaudaría indebidamente.

Acción comercial ventajosa

Según la normativa vigente, desde 2006 es obligatorio repercutir el impuesto en los servicios postales no inscritos al SPU; es decir, prácticamente todos. De este modo, las patronales sectoriales estiman que el agujero fiscal supera los 500 millones.

La operativa por la que Correos vende los servicios con exención de IVA se basa en las negociaciones individuales con grandes corporaciones. Los sectores más beneficiados son banca y energía.

Estas empresas hacen envíos regulares de sus facturas, que van acompañadas en el mismo sobre de panfletos publicitarios. Sin embargo, al ser tarifas negociadas deben estar sujetas a los impuestos correspondientes.

Sentencia judicial

La ley establece que “estarán exentas de este impuesto las prestaciones de servicios y las entregas de bienes accesorias a ellas que constituyan el servicio postal universal siempre que sean realizadas por el operador”, trámite que, efectivamente, cumple Correos.

El conflicto radica en que “la exención no se aplicará a los servicios cuyas condiciones de prestación se negocien individualmente”.

La liquidación anual de impuestos que realiza Correos tiene antecedentes en los tribunales. La justicia considera probado que el ente ha evitado pagar el impuesto de bienes inmuebles (IBI) desde 2006. El Tribunal Supremo dio la razón a los demandantes, que son varios ayuntamientos españoles.

Ventaja competitiva

En sentencia recurrible, la sala consideró este otoño que “el servicio postal universal (···) debe ser interpretado en el sentido de que la exención tributaria que establece a favor del operador designado por el Estado para la prestación del servicio postal universal no alcanza a los bienes inmuebles”.

Entretanto no haya sentencias en firme, la empresa pública goza de ventajas competitivas respecto al resto de operadores, según se queja el sector transversalmente, que sí abonan las tasas e impuestos correspondientes.

Ismael García Villarejo

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