El Banco de España explica cómo debes actuar si tu entidad desaparece

La fusión o absorción de una entidad financiera con otra comporta una serie de consecuencias para los clientes

achada del Banco de España, en Madrid. EFE/Chema Moya/Archivo

Fachada del Banco de España, en Madrid. EFE/Chema Moya/Archivo

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Cuando una entidad financiera desaparece no solo afecta a la compañía y su plantilla de empleados, sino también a sus clientes. Se trata de un proceso que puede ser especialmente confuso para ellos, puesto que les pueden surgir numerosas dudas, como si se conservará el dinero depositado en la entidad o si se modificarán las condiciones de un préstamo o hipoteca.

¿Cómo actuar?

En el caso de que el banco con el que tenemos contratado algún producto o servicio, se fusione o sea absorbido por otra entidad financiera, el Banco de España alerta que cambiará el número que identifica las cuentas bancarias. Por ello, deja bien claro: «La nueva entidad deberá comunicarnos este cambio y encargarse de la gestión de los pagos y recibos domiciliados que tengamos».

Si cerrara la oficina en la cual llevamos a cabo las distintas gestiones relacionadas con el banco, la nueva entidad financiera deberá informar a los clientes de qué nueva sucursal se les asigna, y también, deberá asumir todas las gestiones necesarias para efectuar este cambio.

La institución financiera también avisa a los clientes que tengan contratados productos de duración indefinida, como una cuenta bancaria, que en el caso de que la entidad desaparezca, la nueva podría cambiar las condiciones. Si bien en el caso de que sean favorables las deberá aplicar de forma inmediata, de ser peores habrán de avisar a los clientes con dos meses de antelación para que puedan cancelar el contrato sin ningún coste.

Por su parte, si se tienen contratados productos con fecha de vencimiento, «se suelen mantener las condiciones iniciales hasta que finaliza su plazo». No obstante, una vez vencido, la nueva entidad estaría en su derecho de modificar las condiciones de renovación. En el caso de los préstamos e hipotecas, se seguiría abonando la deuda a la nueva entidad sin ningún cambio.

«Si se diera el hecho de que tuviéramos una cuenta o depósito en cada uno de los bancos implicados, la garantía de 100.000 euros por titular y entidad se reduciría«, indica el Banco de España. Dado que uno de los bancos desaparecería, el Fondo de Garantía de Depósitos no le aplicaría. Por ello, la institución financiera recomienda «siempre debemos valorar si nuestro saldo total supera ese límite».

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