Empleadas del hogar: cuánto hay que pagar por su cotización a la Seguridad Social

Te explicamos cuáles son los últimos cambios en la cotización de las empleadas del hogar

Las empleadas del hogar, al igual que el resto de trabajadores, tienen derecho a cobrar las pagas extras. EFE/ Dani Caballo

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El Gobierno ha mejorado las condiciones de trabajo de las empleadas del hogar. Con la reciente entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, aumenta la cotización para incluir la protección por desempleo y la aportación al FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), que se aplican a la base de cotización.

Sin embargo, según destaca BBVA, este cambio en la normativa no tiene por qué supone un incremento en la cuota. «El importe de la cuota que tendrá que pagar el empleador no subirá significativamente, ya que la nueva normativa incluye bonificaciones y reducciones a estas aportaciones», asegura la entidad en su blog.

Bonificaciones en la cotización

En la norma se establecen la siguientes reducciones y bonificaciones para quienes tengan contratada o contraten, bajo cualquier modalidad de contrato de trabajo, a una persona al servicio del hogar familiar, con el correspondiente alta en la Seguridad Social:

  • Reducciones del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.
  • Una bonificación del 80% en la aportación empresarial por desempleo y al FOGASA.

El único requisito es que se encuentren al corriente con la Seguridad Social (sin deudas) y en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en el momento del inicio de la actividad de la trabajadora. 

Las familias numerosas podrán acceder, hasta el 31 de marzo de 2023, a una bonificación del 45%. En este caso, no resultará de aplicación la reducción de cuotas del 20% sobre la aportación empresarial por contingencias comunes, pero sí resultarán de aplicación, además, las bonificaciones del 80% sobre la aportación empresarial para desempleo y Fondo de Garantía Salarial. 

A partir del 1 de abril de 2023, se establecerá una nueva bonificación de cuotas de Seguridad Social para los empleadores de la empleada de hogar, en función de determinados requisitos de patrimonio y/o renta de la unidad familiar o de convivencia. Esta nueva bonificación será alternativa a la reducción de cuotas del 20%, pero manteniéndose, en cualquier caso, la bonificación de cuotas del 80% para desempleo y Fondo de Garantía Salarial.

Qué debe hacer el empleador

NO. La cotización al Sistema Especial de Empleados de Hogar se realiza conforme al sistema de liquidación simplificada, lo cual supone que la cotización será liquidada y recaudada de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Finalmente, recordar que se deben comunicar a esa entidad, a través de Importass, el Portal de Tesorería la Seguridad Social , los cambios en las retribuciones abonadas a los empleados de hogar cuando dichos cambios se produzcan. 

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