Estos son los españoles que podrán superar la pensión máxima

Se pueden cobrar hasta 1.568 euros más si se acredita que al haber tenido hijos se ha visto interrumpida la carrera profesional

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Dos mujeres jubiladas en una hamaca./ Pixabay

El sistema público de pensiones establece una pensión contributiva mínima y otra máxima dependiendo de los años a los que se efectúe la jubilación, del tipo de incapacidad que se tenga o de las cargas familiares.

En 2022, el tope máximo de las pensiones contributivas se sitúa en los 39.474 euros anuales abonados en 14 pagas, mientras que la cuantía mínima en el caso de la pensión contributiva de jubilación es de 8.934,80 euros anuales si la persona jubilada es menor de 65 años y tiene cónyuge, pero no está a su cargo.

El tope supone actualmente un máximo de 2.819 euros en cada paga, aunque el año que viene podría revalorizarse la cuantía en el entorno del 8,5% por la inflación, ascendiendo a unos 3.000 euros.

Complemento para la reducción de la brecha de género

No obstante, esta cuantía máxima podrá superarse si se cobra el complemento para la reducción de la brecha de género. Se trata de un complemento que sustituye al de maternidad, establecido por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2016, y con él se pretende reducir la brecha de género en las pensiones. Una situación provocada por el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos.

La cuantía del complemento se fijará en la correspondiente ley de presupuestos generales del Estado de cada año. En el año 2022, el importe es de 28 € en cada paga por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe. Ahora bien, según afirma la Seguridad Social, «el complemento no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima«.

Es decir, que aunque se perciba la pensión máxima de jubilación, si se demuestra que se ha sufrido ese perjuicio se cobrará entre 392 y 1.568 euros anuales más.

Los hombres también pueden cobrar el complemento

Los hombres que hayan tenido uno o más hijos o hijas también podrán cobrar este complemento siempre que acrediten que han visto interrumpida su carrera profesional por ello y cumplan determinadas condiciones.

Algunas de ellas son tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha, mientras los hijos hayan nacido antes del 31 de diciembre de 1994 y siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.

Para hijos nacidos después de esta fecha, habrá que acreditar que la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento sea inferior en más de un 15 por ciento a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores. También se debe cumplir el requisito de que la pensión del hombre sea inferior a la suma de las pensiones que le correspondan a la mujer.