Funcionarios, empresas o jubilados: la fecha exacta del cobro de paga extra de Navidad
Las pagas extras están reguladas por el Estatuto de los Trabajadores

Las pagas extraordinarias se cobran en verano y Navidad. Foto: Pixabay.
Funcionarios, trabajadores y jubilados recibirán a lo largo del próximo mes y medio la ansiada paga extra de Navidad. Las pagas extras están reguladas por el Estatuto de los Trabajadores e indica que todos los trabajadores deben recibir dos pagas extraordinarias al año, ya sea en 12 o 14 mensualidades.
Actualmente, los que reciben la paga extra en 14 pagas, suelen percibir el dinero en los meses de junio y noviembre. La primera paga puede ayudar a hacer frente a los mayores gastos que conlleva el verano, mientras que la que se recibe a finales de noviembre puede servir para hacer frente a los gastos navideños.
Paga extra para funcionarios
Los funcionarios se rigen por la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que dice que las pagas extraordinarias serán dos al año. Estos suelen cobrar la paga extra de Navidad entre finales de noviembre y principios de diciembre.
No obstante, el día de cobro de la paga extra por parte de los funcionarios y demás trabajadores públicos podría variar de unos a otros, ya que dependen de diferentes Administraciones y no siempre funcionan igual los diferentes organismos nacionales, autonómicos y locales.
Paga extra en las empresas
Normalmente, la empresa abona las pagas extra de Navidad a sus trabajadores entre el 15 y el 25 del mes de diciembre. No obstante, la fecha depende de cada empresa y no hay un día regulado por la normativa.
Paga extra para jubilados
Los pensionistas que reciben sus prestaciones de la Seguridad Social en 14 pagas, una cada mes y dos extraordinarias, suelen cobrar la paga extra en los meses de junio y noviembre, alrededor del día 24-25 del mes, en función del banco.
Tienen derecho a recibir la paga extra, los perceptores de las pensiones de jubilación, los beneficiarios de pensiones de viudedad y orfandad y quienes tengan una pensión por incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) paga a los pensionistas en esos meses justo el doble de su prestación habitual, pues las pagas extraordinarias son idénticas a las pagas mensuales que se reciben el resto del año en concepto de pensión de jubilación.
En 2023, la paga extraordinaria de Navidad ha oscilado entre los 783,10 euros, el importe de la mensualidad de pensión mínima para los mayores de 65 años sin cónyuge -unidad económica unipersonal, y los 3.058,81 euros en las pensiones máximas.
No obstante, por norma general, las pensiones se abonan a mes vencido, por lo que el pago tiene lugar entre el primer día hábil y el cuarto día natural de cada mes.