Cuáles son los gastos de hipoteca que se pueden reclamar y quién puede hacerlo

Los usuarios que hayan contratado una hipoteca antes de 2019 pueden reclamar los gastos de formalización del préstamo, si reúnen algunas condiciones

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Si estás devolviendo una hipoteca contratada antes de 2019, estás de enhorabuena. Pues, no solo puedes reclamar los gastos de notaría, registro y tasación al banco, siempre y cuando cumplas los requisitos para ello, sino que además dispondrás de un mayor plazo para hacerlo, después de que se haya extendido la fecha límite.

Inicialmente, el periodo para formalizar la reclamación finalizaba el 23 de enero, cinco años después de que el Tribunal Supremo considerase que estos gastos eran abusivos y, consecuentemente, nulos. No obstante, la suspensión de los plazos procesales decretada en el marco del estado de alarma han pospuesto la fecha límite hasta la primavera.

El 14 de abril concluye el plazo para interponer reclamaciones

Concretamente, los afectados habrán de anotar en rojo en sus agendas el día 14 de abril, cuando concluye el plazo para solicitar la devolución de los gastos de formalización de la hipoteca, el pago de la comisión de apertura o el seguro de prima única, según hace hincapié la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

Quién puede reclamar

Los hipotecados pueden efectuar la reclamación a raíz de una sentencia dictada por el Tribunal Supremo, que calificaba de nulo el cobro de los gastos de formalización de la hipoteca a los usuarios por parte de las entidades financieras.

En sentencias posteriores, el Alto Tribunal dejó bien claro que son los bancos los que deben asumir los gastos de registro de la propiedad, gestoría, tasación y la mitad de los gastos notariales.

Por su parte, los hipotecados deben asumir el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como la otra mitad de los gastos vinculados a los trámites notariales.

Una mujer realiza una reclamación por teléfono mientras observa unos papeles. Foto: Freepik.
Una sentencia dictada por el Tribunal Supremo considera nulo el cobro de los gastos de formalización de la hipoteca. Foto: Freepik.

Las personas que contrataron una hipoteca antes de junio de 2019 pueden llevar a cabo la reclamación. Pues, fue entonces cuando entró en vigor la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, que concreta quienes han de asumir los gastos de formalización del préstamo.

Qué se puede reclamar

Por tanto, los hipotecados con un préstamo previo al verano de 2019 podrán reclamar la totalidad de los gastos de registro, gestoría y tasación, pero también el 50% de los notariales.

Según los cálculos de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), las personas que se aventuren a interponer la reclamación podrían obtener en torno a 1.500 euros.

Los hipotecados también pueden reclamar la comisión de apertura, si el banco no informó sobre ella de forma transparente

Otro de los gastos que se pueden reclamar es la comisión de apertura. A pesar de que, en un primer momento, el Tribunal Supremo no consideró que fuera abusiva, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea puntualizó que debe ser transparente para ser válida.

Por esa razón, la justicia debe sopesar si el consumidor ha podido evaluar las consecuencias económicas que supone pagar una comisión de apertura y entender que su objeto es compensar los gastos de estudio y de tramitación de una solicitud de préstamo.

Un hombre realiza cálculo mediante una calculadora, en un escritorio en el que hay un billete de 50 euros y algunos papeles. Foto: Freepik.
Los afectados pueden reclamar la totalidad de los gastos de registro, gestoría y tasación, así como el 50% de los notariales. Foto: Freepik.

Los hipotecados también cuentan con la posibilidad de reclamar los seguros de prima única. Antes de 2019, un grueso considerable de los préstamos comportaban la contratación de un seguro de vida, así como el desembolso de la totalidad de la prima en el momento de la firma de la hipoteca.

Dado que el pago se incluía dentro de la cantidad prestada, el coste del dinero crecía para el usuario al elevarse tanto la cuota a pagar como los intereses devengados, mientras que la entidad financiera recibía el importe en una única vez con los intereses.

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