Hacienda te investigará si superas este límite en una transferencia

La Agencia Tributaria pone la lupa sobre las operaciones que puedan desembocar en delitos como la evasión de impuestos, el fraude o el blanqueo de capitales

Al efectuar una transferencia bancaria, se deben tener en cuenta las obligaciones fiscales a las que está sujeta la operación. Foto: Katemangostar - Freepik.

Al efectuar una transferencia bancaria, se deben tener en cuenta las obligaciones fiscales a las que está sujeta la operación. Foto: Katemangostar – Freepik.

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Hace unos años, efectuar una transferencia bancaria comportaba el desplazamiento hasta la oficina de la entidad financiera en cuestión y la tramitación de la gestión.

Sin embargo, actualmente, gracias al avance de la tecnología podemos pagar el alquiler o devolver el importe de una cena a un amigo desbloqueando el móvil y accediendo a la aplicación correspondiente.

A pesar de que la transferencia de dinero se ha vuelto una operación más ágil y fácil, los usuarios no deben perder de vista que están sujetos a algunas obligaciones antes el fisco.

Hacienda vigila a los contribuyentes

Del conjunto de operaciones que se encuentran dentro del radar de la Agencia Tributaria, una a las que pone una mayor atención son las transferencias bancarias.

Hacienda vigila exhaustivamente a los contribuyentes para evitar delitos financieros. Foto: DCstudio - Freepik.
Hacienda vigila exhaustivamente a los contribuyentes para evitar delitos financieros. Foto: DCstudio – Freepik.

El objetivo tras esta exhaustiva vigilancia por parte del fisco no es otro que la detección de delitos financieros como la evasión de impuestos, el fraude o el blanqueo de capitales. Como contribuyentes, debemos conocer los límites fijados para la ejecución de este tipo de operaciones bancarias.

Cuando una transferencia sobrepasa los 6.000 euros, el banco avisa a Hacienda

Por ejemplo, siempre que el importe económico de una transferencia exceda los 6.000 euros, la entidad financiera en la cual se ha llevado a cabo lo notifica al fisco.

Sin embargo, si la cuantía sobrepasa los 10.000 euros, las autoridades fiscales cuenta con la posibilidad de iniciar una investigación. El contribuyente que reciba el cobro, además, se encontrará en la obligación de justificar la operación en la presentación de la Declaración de la Renta.

De la misma manera, todos los pagos y cobros que se efectúen mediante dinero en efectivo por un montante superior a los 3.000 euros, así como las transacciones con billetes de 500 euros, independientemente del importe conjunto, habrán de ser declarados ante Hacienda.

Evitar las sanciones de Hacienda

La persona que ordena la transferencia, pero también el beneficiario pueden verse obligados a afrontar una sanción por parte de Hacienda si no declaran las transferencias mencionadas anteriormente. El importe oscila entre el 2% y el 25% de la cuantía que no se ha declarado al fisco.

Cuando la declaración de una transferencia contiene errores o información imprecisa la multa puede ascender hasta los 1.500 euros.
Cuando la declaración de una transferencia contiene errores o información imprecisa la multa puede ascender hasta los 1.500 euros.

Así, un contribuyente que no haya declarado una transferencia de 10.000 euros, habría de desembolsar una multa de hasta 2.500 euros. También se debe tener en cuenta que si la declaración contiene datos incorrectos o poco precisos, la sanción alcanza una cuantía de 150 euros.

Las transferencias se declaran a través del modelo S1

Para tramitar la declaración, es necesario descargar el Modelo S1 y rellenarlo con los datos de las personas involucradas en la transferencia, así como el origen y el destino del dinero.

Después firmar el documento de forma digital, se puede presentar de forma telemática, sin necesidad de contar con un certificado electrónico ni el Cl@ve PIN.

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