Ingreso Mínimo Vital: ¿tiene paga extra por Navidad?

No todas las personas que perciben una prestación de la Seguridad Social perciben las pagas extra

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. EFE/ Fernando Alvarado

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El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a aquellas familias que se encuentren en riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.

Así, el objetivo es «garantizar un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica», y a la vez, lograr una «mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias», según indica la Seguridad Social.

Este año el Gobierno ha incrementado en un 3% el ingreso mínimo vital, aunque la cuantía varía en función de cada beneficiario, pudiendo ser individual o unidad de convivencia. Como todas las ayudas, tiene un seguido de requisitos como tener «capacidad jurídica» y una edad mínima de 23 años, tener una residencia legal y efectiva en España durante al menos el año anterior a la solicitud y poder demostrar estar en una situación de vulnerabilidad económica.

Dado que otro tipo de prestaciones concedidas por la Seguridad Social si contemplan el desembolso de una paga extra de Navidad, como la pensión de jubilación, algunas personas se preguntan si el Ingreso Mínimo Vital también comporta el pago de un importe adicional por estas fechas.

¿Se desembolsa la paga extra de Navidad?

Desgraciadamente, las personas que perciben el Ingreso Mínimo Vital no cobrarán una paga extra de Navidad. La razón esgrimida por la Seguridad Social es que la ayuda económica se reparte en doce pagas y no en catorce, de manera que corresponde el pago de un único importe mensual a lo largo de los distintos meses del año.

«La renta garantizada para un hogar unipersonal es el equivalente al 100% del importe anual de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social vigente en cada momento, dividido por 12», se especifica en la normativa que regula esta prestación económica, el real decreto ley 20/2020.

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