Revender lotería no es buena idea: esta es la multa que te pueden poner

Te explicamos cuál es la multa por revender lotería para el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad

Lotería de Navidad.

Lotería de Navidad.

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Se acerca la Navidad y con ello el sorteo más esperado del año: el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad. Este sorteo navideño se celebra cada 22 de diciembre y desde el pasado 5 de julio y hasta el 21 de diciembre se pueden comprar los décimos. Para participar en el sorteo navideño se puede hacer comprando una papeleta individual o a través de participaciones.

El precio del décimo ronda los 20 euros o 23 si no se adquiere en una Administración de Lotería. Tal es el impacto que tiene el sorteo en los españoles, que durante los meses de compra de los décimos, se forman largas colas en las administraciones con más renombre. Entre las más famosas se encuentran la de Doña Manolita en Madrid o la Bruixa d’Or en Barcelona.

La reventa de lotería está prohibida

Atendiendo a la normativa de Instrucción General de Loterías, en el artículo 2 especifica que la reventa de décimos con sobrecoste está prohibida.»Considerada la lotería nacional como un servicio explotado por la Administración, y sus billetes como efectos estancados, se declara prohibida la reventa de los mismos con sobreprecio, castigándose esta reventa con arreglo a la legislación vigente en materia de contrabando y defraudación«. De esta manera, la reventa de lotería tanto en el sorteo de la Navidad como en el Sorteo de El Niño está prohibida.

Por su parte, el artículo 8, señala que «la venta de billetes sólo podrá efectuarse en las Administraciones de Loterías legalmente establecidas, cuyos titulares, si lo estiman necesario, podrán valerse de vendedores autorizados que exclusivamente dependan de los mismos, en la forma que determinan los artículos 186 al 192 de esta Instrucción».

Lotería.

Para que una organización pueda distribuir lotería con recargo debe solicitarle un permiso previo a la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y el beneficio que se obtenga no podrá ser superior a un 20%. De hecho, el colectivo de Técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda (Gestha), especificó en un comunicado que la venta de un décimo premiado de la Lotería de Navidad a posibles defraudadores interesados en blanquear dinero podría conllevar como sanción el pago de hasta más de la mitad de todo lo ganado, según informa Onda Cero.

Aquellos colectivos que vendan participaciones con sobrecargo deberán depositar los billetes en una entidad bancaria y obtener un resguardo de la operación. Posteriormente, la entidad emisora de las papeletas deberá depositar los billetes en una entidad bancaria, obteniendo el resguardo correspondiente.

Por último, se debe entregar al organismo el número de talonarios confeccionados, y el total de las participaciones que corresponden a cada uno, así como su valor. Todo ello, debe ir acompañado de una fotocopia del resguardo del depósito de los billetes.

Economía Digital

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