Aboukhair recurre la condena a indemnizar a García Carrión: su secretaria pensó en llamar a la policía

Rami Aboukhair trabajó durante menos de tres meses para el grupo García Carrión como consejero delegado y recientemente ha sido condenado a indemnizar a la compañía por su salida

Rami Aboukhair, exconsejero delegado de Santander España. EFE

Rami Aboukhair ha presentado recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid solicitando que sea desestimada la reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 74 de Madrid, que le condena a indemnizar con 281.308 euros al grupo García Carrión (JGC).

La multinacional murciana fichó al que fuera consejero delegado de Santander España en febrero de 2022 y menos de tres meses después este abandonó el grupo, iniciándose un cruce demandas entre la compañía y el ejecutivo.

El juicio celebrado entre los pasados días 26 y 28 de mayo y 4 de junio por esas demandas y el recurso presentado el lunes, consultado por este diario, revelan la presión a la que fue sometido el antiguo ejecutivo del grupo Santander como consejero delegado de JGC.

La defensa habla en su recurso de un clima de «humillación personal«. En una ocasión, la secretaria de Aboukhair llegó a pensar en llamar a la policía por un altercado sucedido en el despacho de este.

Aboukhair logró un preacuerdo de patrocinio con el tenista Carlos Alcaraz, pero JGC lo desestimó

La multinacional murciana demandó al exconsejero delegado del Santander asegurando que este puso fin a la relación contractual «de forma unilateral y sin respetar el plazo de preaviso establecido en la cláusula del contrato (…)», y que no se produjo «ninguna alteración sustancial de las funciones asumidas por el Sr. Aboukhair como consejero delegado de JGC (…)».

El antiguo ejecutivo del Santander contestó a la demanda sosteniendo que no dimitió, sino que ejerció «su derecho a extinguir el contrato de conformidad con su cláusula 6.1.(a)«, al haber sufrido «una alteración sustancial de las funciones como consejero delegado para las que fue contratado».

Aboukhair aseguró que desde su incorporación se le impidió desempeñar las funciones ejecutivas propias de su cargo, que fue desautorizado, y que se le relegó a un «papel meramente formal».

Y subrayó en su contestación a la demanda que la terminación de su contrato «no fue ni arbitraria ni desleal», al declarar extinguida la relación dentro del plazo de tres meses previsto en la cláusula mencionada.

Planta de García Carrión en Daimiel.

Además, Aboukhair dedujo demanda reconvencional contra el grupo JGC alegando que esa misma cláusula fue «deliberadamente incluida como un mecanismo de protección», siendo consciente el ejecutivo «de la peculiar naturaleza y configuración familiar de la empresa».

El exconsejero delegado de Santander España reclamó a la compañía 14 millones de euros -en concepto de retribución fija anual, variable, y daño reputacional- y un paquete de acciones equivalente al 0,5% del capital social del grupo.

En su sentencia del 23 de junio, adelantada ayer martes por el diario El Economista, el juez sentencia que las reclamaciones de Aboukhair carecen de fundamento, «meras discrepancias«, y que terminó unilateralmente su contrato incumpliendo el preaviso

El fichaje fallido del tenista Alcaraz

En su recurso, la defensa de Aboukhair insiste en que García Carrión apartó a su cliente de las funciones ejecutivas para las que había sido contratado, que rechazó sus propuestas, bloqueó su capacidad de actuación y que se le trató de forma irrespetuosa.

Aboukhair no pudo nombrar a responsables de áreas estratégicas; desarrolló un plan de negocio para el que contrató a Boston Consulting Group, pero «por razones nunca explicadas» la familia García Carrión bloqueó el proceso; fichó a una directiva que fue despedida al poco tiempo…

Pero uno de los hechos que «evidencia la degradación de funciones» de Aboukhair como consejero delegado de JGC fue el fichaje fallido del tenista Carlos Alcaraz.

Carlos Alcaraz. EFE/EPA/JOHN G. MABANGLO

El recurso presentado relata como Aboukhair negoció un patrocinio con el representante de Alcaraz, en marzo de 2022, que culminó con la aceptación de la oferta por parte del tenista.

Sin embargo, el 18 de abril de 2022, el abogado interno del grupo García Carrión trasladó a Aboukhair la decisión de la familia: “patrocinio, ni hablar”.

«Esta negativa repentina», dice el recurso de Aboukhair contra la sentencia que le condena a indemnizar a JGC, «privó a la compañía de un activo promocional de primer orden y pone de manifiesto la falta absoluta de colaboración mostrada por la familia García Carrión».

En opinión de la defensa del ejecutivo el mensaje fue claro: todo el trabajo de Aboukhair no servía para nada, la decisión destruyó su credibilidad.

La cláusula 6.1.(a)

Una de las claves del caso es la valoración que el Juez y las partes otorgan a la cláusula 6.1(a) del contrato del fichaje de Rami Aboukhair por parte de JGC.

En su sentencia del mes pasado, el Juez considera que no concurrió una “modificación sustancial” del cargo de consejero delegado en los términos previstos en dicha cláusula.

El grupo García Carrión sostuvo que la cláusula en cuestión constituye una «previsión habitual en los contratos de alta dirección«, y que, por tanto, no fue redactada específicamente o “a medida” para Aboukhair.

«Estaba en un estado muy violento, muy agresivo, muy sudoroso, muy alterado», contó la secretaria de Aboukhair sobre Luciano García Carrión

La defensa del ejecutivo advierte que la cláusula 6.1.(a) del contrato reconocía a Aboukhair la facultad de extinguir la relación contractual en caso de que se produjera una alteración sustancial de sus funciones que no le fuera imputable, siempre que ejerciera dicho derecho en un plazo máximo de tres meses desde que tuviera conocimiento de la causa.

Y destaca que no fue una estipulación estándar ni secundaria, sino que fue «deliberadamente incluida como un mecanismo de protección», por ser consciente Aboukhair «de la peculiar naturaleza y configuración familiar de la empresa«.

«Ignorar esta cláusula, o minimizar su alcance, supone vaciar de contenido la voluntad negocial de las partes y dejar sin eficacia una previsión contractual clara que operaba como salvaguarda frente a la frustración funcional del cargo para el que el Sr. Aboukhair fue contratado», dice el recurso.

Aboukhair, zarandeado

Durante el juicio celebrado entre finales de mayo y principios de junio se expusieron ciertos comportamientos fuera de tono de los García Carrión.

La defensa de Aboukhair destaca tres hechos que revelan «un clima de humillación personal y deslegitimación incompatible con el ejercicio digno y autónomo del cargo de consejero«.

La secretaria de Rami Aboukhair pensó en llamar a la policía cuando Luciano García Carrión entró en el despacho del entonces consejero delegado del grupo García Carrión, visiblemente alterado.

La expresidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz y el presidente de JGC, José García Carrión, en una imagen de archivo. EFE

El hijo de los dueños de la multinacional murciana cogió por las solapas al exconsejero delegado de Santander España, le zarandeó y le empujó contra la pared.

«Estaba en un estado muy violento, muy agresivo, muy sudoroso, muy alterado, sí, sí lo pensé [llamar a la policía]», declaró en sede judicial la secretaria de Rami Aboukhair, en el juicio celebrado entre finales de mayo y principios de junio.

De acuerdo a esas declaraciones, la reacción de Luciano García Carrión obedecía a una información publicada en un medio de Murcia.

La secretaria de Aboukhair también declaró que Rafaela Corujo, casada con José García Carrión hace más de cincuenta años, y que se incorporó al grupo como jefa de marketing a principios de los años setenta, entraba en ocasiones en el despacho del consejero delegado, en su ausencia, y que parecía revisar documentación privada. Y que la agenda personal de Aboukhair era modificada sin su consentimiento.

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