La Justicia insta a Óscar López a investigar, esta vez de verdad, si Sánchez tuvo que abstenerse en el rescate de Air Europa
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid insta a investigar el papel de Pedro Sánchez en el rescate de Air Europa

Archivo – El ministro de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López
La Justicia insta al Ministro de Transformación Digital, Óscar López, a investigar, esta vez de verdad, el papel de Pedro Sánchez en el rescate millonario de la aerolínea Air Europa.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha admitido recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Partido Popular contra resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 4 de julio de 2024, que inadmitió recursos contra la investigación que debía realizar la Oficina de Conflictos de Intereses sobre el comportamiento del Presidente del Gobierno durante la aprobación del rescate de Air Europa.
En una sentencia fechada el pasado mes de junio, el TSJM atiende el recurso del PP, en el que se trata una posible infracción cometida por Sánchez ante su deber de abstenerse en dos reuniones del Consejo de Ministros «en las que se adoptaron decisiones que consideran que afectan intereses personales de la esposa del Presidente«.
EL TSJM dice que no se ha producido «actividad material de investigación por parte de la OCI» sobre el deber de abstención de Sánchez
El Consejo de Ministros aprobó una ayuda de 475 millones de euros del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (FASEE) para la aerolínea de la familia Hidalgo.
Como publicó este diario, la Sepi y el Consejo de Ministros tardaron solo 75 días en analizar y aprobar la solicitud de rescate de Air Europa. El resto de empresas españolas que también requirió ayuda pública tuvo que esperar, de media, 355 días.
El supuesto conflicto de interés en el que habría incurrido Pedro Sánchez al acudir a esas reuniones del Consejo de Ministros en las que se aprobó el rescate de Air Europa se centra en las relaciones de negocio y profesionales que habría tenido Begoña Gómez, esposa de Sánchez, con la familia Hidalgo.
La Oficina de Conflictos, dependiente del Ministerio dirigido por López, emitió un Oficio sobre la cuestión eximiendo al Presidente del Gobierno. Pero en su sentencia, el TSJM advierte que la actuación de la Oficina «se ha ceñido a la emisión de un informe sin otro dato de base [más que las explicaciones de Presidencia del Gobierno]».
«La Oficina de Conflictos solicita un informe a la Secretaría General de la Presidencia que comunica que la cónyuge del Presidente no ha tenido ni tiene relación laboral o profesional que implique el ejercicio de funciones de dirección, asesoramiento o administración en las entidades citadas y sobre tal base se acuerda el archivo«, explica el TSJM.
«En este punto, ha de acogerse el argumento de que no se ha producido actividad material de investigación por parte de la OCI constando este único informe como base, sin otro dato. No se aporta documentación alguna que sustente el contenido del informe», subraya.
El Tribunal indica que no cabe «asumir legitimación alguna para que pretender que el procedimiento finalice con una sanción o para que se acuerde a remisión al órgano competente para ello». Pero sí para que «se motive y en su caso, se realice la investigación procedente para la decisión que se adopte», añade.
La sentencia acuerda la retroacción de actuaciones «sin perjuicio de tener en cuenta también el Informe ya aportado emitido por la Secretaría de la Presidencia, pero también han de aportarse otros, y practicarse pruebas o adoptar una decisión al respecto, y en fin todo lo procedente para adoptar una decisión fundamentada».
Hay que investigar a Sánchez
La diputada del PP Ester Muñoz sostiene que en su sentencia, el Tribunal «dice que sí, que efectivamente hay que investigar a Sánchez por esa presunción de comisión de delitos dentro de la Moncloa».
«Hoy, en mi rueda de prensa, dije que Sánchez ha convertido Moncloa en un coworking. Su mujer tenía con Air Europa relaciones empresariales, y ahora hemos visto también cómo hay indicios de que pudiera haber habido favoritismo por parte del Gobierno en ese rescate. Y el Gobierno no quería investigarlo. De hecho, acusaba de mentir a todos los que lo decíamos», ha manifestado.
En su sentencia, el TSJM advierte que se trata «de un momento preliminar» pudiendo finalizar el proceso de investigación «con una declaración de archivo por no constar dato alguno que lleve a considerar una vulneración del deber de abstención, pero en todo caso, debe llevarse a cabo una actuación de investigación razonable en base a los datos aportados y con práctica de diligencias adecuadas«.
La sentencia concluye que el PP está legitimado para presentar una denuncia, «y para impugnar una decisión de archivo por no haber llevado a cabo una actividad investigadora mínima para adoptar una decisión (…)».