La Justicia tumba el proyecto estrella de Neinor en Castellón con 1.000 viviendas

El tribunal anula el planeamiento del sector Playa de Almenara, con un impacto acotado para Neinor, según fuentes del mercado

neinor almenara tsj

Montaje realizado por Economía Digital.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado el plan parcial que amparaba uno de los mayores desarrollos residenciales previstos en la costa de Castellón, promovido por Neinor en el sector Playa de Almenara, donde estaba proyectada la construcción de más de 1.000 viviendas, según ha podido conocer ECONOMÍA DIGITAL.

Fuentes del mercado han explicado a este medio que la promotora liderada por Borja García-Egotxeaga apenas tiene ya entre 50 y 70 viviendas en el desarrollo, heredadas de la compra de Quabit en 2021. Desde la compañía no han querido hacer declaraciones.

En una sentencia fechada el 25 de noviembre de 2025, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV estima el recurso interpuesto por la Asociación Nacional Arca Ibérica y deja sin efecto el acuerdo del Ayuntamiento de Almenara que había confirmado la aprobación definitiva del plan parcial en julio de 2023, al considerar que el procedimiento incurrió en un «vicio sustancial no subsanable».

La estimación del recurso se apoya en un argumento de fondo con amplio recorrido jurisprudencial: la imposibilidad legal de «confirmar» un plan urbanístico previamente dejado sin efecto.

El consejero delegado de Neinor Homes, Borja García-Egotxeaga.

En concreto, el TSJCV recuerda que el acuerdo municipal de junio de 2020 había anulado la aprobación inicial del plan parcial para retrotraer el procedimiento por la ausencia del informe preceptivo de Costas.

A juicio del tribunal, ese defecto procedimental es esencial y comporta la nulidad de pleno derecho del planeamiento, sin que pueda ser posteriormente convalidado mediante una nueva aprobación una vez incorporado el informe omitido.

La sentencia se apoya de forma expresa en la doctrina del Tribunal Supremo, que viene sosteniendo que los planes urbanísticos, por su naturaleza normativa, no admiten subsanación ex post cuando concurren vicios sustanciales en su tramitación.

El sector Playa de Almenara estaba llamado a convertirse en uno de los principales desarrollos residenciales del litoral castellonense, con una edificabilidad que, según la planificación anulada, superaba el millar de viviendas.

La anulación del plan deja ahora el suelo sin ordenación pormenorizada válida, lo que paraliza de facto cualquier actuación urbanística y obliga a reiniciar el procedimiento desde fases muy tempranas. Un problema que estaría solucionado, en parte, con la aprobación de una nueva Ley de Suelo.

Neinor Homes había comparecido como codemandada en el procedimiento y defendido la validez del planeamiento, alegando que la evaluación ambiental seguía vigente y que los informes sectoriales exigidos por la normativa habían sido emitidos correctamente.

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Sa Llosa Homes en Menorca. Foto: Neinor Homes

El tribunal, sin embargo, considera irrelevantes estos extremos una vez apreciado el vicio estructural en la secuencia administrativa.

El momento del pronunciamiento no pasa desapercibido en el mercado. La sentencia se conoce cuando Neinor afronta la fase decisiva de su opa sobre Aedas Homes, una operación con la que el grupo aspira a consolidarse como el gran promotor de España.

Aunque el desarrollo de Almenara no es, por sí solo, determinante en términos de balance, sí introduce un factor de incertidumbre adicional sobre la cartera de suelo y el calendario de entregas futuras.

Neinor todavía puede recurrir al Supremo

El fallo no es firme y puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, un extremo que previsiblemente explorará la promotora.

Mientras tanto, el caso vuelve a poner de relieve el riesgo jurídico asociado a los grandes desarrollos urbanísticos en la costa y la creciente capacidad de las asociaciones ambientales para tumbar planeamientos completos mediante la acción pública.

Además de anular el acuerdo municipal, el TSJCV impone las costas procesales a la parte demandada, con un límite de 1.500 euros, cerrando un procedimiento que reabre de lleno el debate sobre la seguridad jurídica del urbanismo en el arco mediterráneo.

Promoción de Neinor en Málaga. Foto: Europa Press

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