Tebas sube el salario de la plantilla de Laliga un 3% en un convenio que pasa por alto el teletrabajo

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Javier Tebas, presidente de LaLiga.

Javier Tebas, presidente de LaLiga, con fama de workalcoholic, y la representación de los trabajadores de LaLiga Group International han acordado un exigente convenio colectivo que contempla una subida salarial del 3% para esta temporada y del 2% para las dos siguientes.

El nuevo convenio pasa por alto la posibilidad del teletrabajo y establece una duración de la jornada de 1.800 horas anuales, que será de máximo hasta de nueve horas diarias e incluso diez horas en caso de «distribución irregular de la jornada».

En la temporada 2025/2026, con fecha de efectos de 1 de julio de 2025, el personal que forme parte de la plantilla a la fecha de firma del convenio verá incrementado su «salario real fijo» (entendiendo por el salario real fijo el salario de clasificación más complemento absorbible y, en su caso, complemento ad personam) en un porcentaje del 3%.

El convenio dice que es obligada «la presencia» de los empleados a sus puestos de trabajo

En las temporadas 2026/2027, y siguiente, se incrementarán las tablas del salario de clasificación de la temporada anterior un 2%.

Dadas las peculiaridades de las jornadas de trabajo de LaLiga, vinculadas a los partidos de los equipos de fútbol, el convenio aprobado en la compañía dirigida por Javier Tebas establece algunas particularidades en la organización del trabajo.

«No formará parte de la jornada de trabajo efectivo y, por tanto, no se computará a efectos de determinar su tope máximo diario, el tiempo que el personal dedique a actividades extralaborales y personales mientras está presente en la Empresa», señala el texto del convenio, publicado en BOE.

El exceso de tiempo trabajado sobre las 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, las horas extraordinarias, serán compensadas «mediante tiempo de descanso retribuido a disfrutar dentro de los 4 meses siguientes a su realización», y se efectuará en la proporción de una hora de descanso por cada hora extraordinaria realizada.

El personal que preste sus servicios cualquiera de los catorce días festivos del calendario laboral, tendrá derecho a que se le compense cada día festivo trabajado con 1,20 días de descanso.

Javier Tebas, presidente de LaLiga. Foto: Servimedia
Javier Tebas, presidente de LaLiga. Foto: Servimedia

El personal de Competiciones y de Control Económico «no podrán disfrutar de vacaciones durante la segunda quincena de julio y durante el mes de agosto hasta que termine el periodo de transferencias de jugadores de verano», salvo que determine una organización distinta la Dirección General Corporativa.

La empresa podrá establecer «un servicio de disponibilidad, por el cual el personal adscrito al mismo deberá estar localizable y disponible fuera de su jornada laboral cuando sea requerido para ello».

El tiempo de disponibilidad «no tendrá la consideración de tiempo de trabajo, siempre que dicha disponibilidad implique disposición para prestar servicios en un tiempo no inferior a dos horas y no requiera la espera del trabajador o trabajadora en un lugar determinado por la empresa».

Tebas, sin teletrabajo

Los trabajadores de LaLiga tendrán derecho a que, cada mes de septiembre de cada temporada, reciban una ayuda de estudios de 350 euros por cada hijo a su cargo, tanto para sufragar guarderías como Universidad, hasta que el hijo o hija cumpla la edad de 26 años.

Se crea un fondo dotado con 800 euros por persona trabajadora y año destinado a ofrecer cursos relacionados con las actividades y puestos de trabajo de la compañía.

El convenio pasa por alto prácticamente la posibilidad del teletrabajo.

El texto del acuerdo establece que es «obligada la presencia del personal adscrito a dicho horario en sus respectivos puestos de trabajo o ejerciendo las funciones que le son propias del mismo en el lugar que corresponda, entre las 9:30 h y las 13:30 h, así como de 16:00 a 17:00 h».

El convenio solo menciona la palabra teletrabajo en una ocasión. ·»El teletrabajo se regulará por lo dispuesto en la política vigente en la Empresa», dice.

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