El TS autoriza a Naturgy a cerrar cinco centrales, pero rechaza su pedido de indemnización

La decisión permite el cierre temporal de instalaciones, pero el tribunal niega la compensación económica a Naturgy argumentando falta de pruebas sobre los presuntos daños y perjuicios.

Central térmica de Palos de la Frontera

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El Tribunal Supremo ha concedido la autorización para el cierre temporal de cinco nuevas plantas eléctricas de ciclo combinado pertenecientes a Naturgy. Las plantas afectadas por la decisión son Palos de la Frontera grupo 2, San Roque grupo 1, Campo de Gibraltar grupo 1, Aceca grupo 4 y Besos grupo 4.

Esta autorización se suma a la concedida hace pocas semanas, que involucraba el cierre de otras cinco plantas: Palos de la Frontera 1 y 3 (Huelva); Cartagena grupo 2 y 3 (Murcia), y Sagunto grupo 3 (Valencia).

A pesar de otorgar la autorización para el cierre, el Tribunal Supremo ha rechazado la solicitud de Naturgy de ser indemnizada por los supuestos daños y perjuicios derivados de mantener las centrales eléctricas disponibles para el sistema eléctrico.

En su sentencia, el Supremo señala que la decisión de cerrar estas instalaciones está sujeta a la autorización previa de la Administración, considerándolo una «restricción limitativa a la libertad empresarial», pues requiere una respuesta previa o anterior del poder público para llevar a cabo la clausura de las instalaciones.

Y es que «la entrada en la actividad se encuentra sujeta a la obtención de autorización previa, y de igual modo, el cierre de las instalaciones, ya sea temporal o definitivo, no es libre, al requerir la obtención de la precedente conformidad de la Administración», añaden los magistrados.

Todo ello, con la finalidad de que se pueda comprobar si la decisión de clausura puede poner en peligro la garantía de suministro eléctrico.

En este caso, la Administración no cumplió con su obligación de responder a la solicitud de Naturgy, lo que llevó al Supremo a considerar el silencio administrativo como una negativa. La sentencia destaca que, según el operador de servicios Red Eléctrica, el cierre de estas instalaciones no compromete el suministro eléctrico ni pone en riesgo la garantía del mismo.

En cuanto a la solicitud de indemnización, el Tribunal recuerda que Naturgy no presentó pruebas sobre la existencia y cuantía de los daños, ni aportó documentos que respaldaran dicha petición.

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Marta Pérez

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