Grupo Nosa Terra, dueña de Elcano, batalla con Hacienda por deducciones de impuestos de Povisa tras vender el hospital

La compañía de la familia Silveira pierde en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia al intentar rebajar el Impuesto de Sociedades del ejercicio 2019, cuando la base imponible se elevó en casi un millón de euros por la venta de Povisa

Hospital Povisa de Vigo / Wikipedia

Hospital Povisa de Vigo / Wikipedia

Grupo Nosa Terra 21 es una de las mayores compañías gallegas por volumen de ingresos, con una cifra de negocio que ronda los 1.000 millones anuales y que se construye en base a la actividad de la naviera Elcano y de Remolcanosa. En el grupo de la familia Silveira estuvo también Povisa, el mayor hospital privado de Galicia, que tras encadenar ejercicios en pérdidas y un preconcurso de acreedores, fue vendido a Ribera Salud. Aquella operación marcó el inicio de la expansión de la empresa de origen valenciano por el sistema sanitario gallego, donde compraría más tarde el Polusa de Lugo y el Juan Cardona de Ferrol; y constató el problema que representaba el concierto que firmó Povisa con el Sergas en 2014 y que deparó una cascada de números rojos para el hospital.

Con la venta, Nosa Terra 21 se quitó un problema grave de encima, pero otros nuevos, más coyunturales y de índole fiscal, asomaron por la puerta. La dueña de Elcano llevó primero al TEAC y luego al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia la liquidación del Impuesto de Sociedades del ejercicio de 2019, que se vio engrosada en casi un millón de euros por la transacción con Ribera Salud. En la pugna logró algo notable: que los inspectores y altos funcionarios de Hacienda le dieran la razón y reconocieran errores en liquidaciones pasadas de impuestos; y que, al mismo tiempo, eso no sirviera de nada a la hora de disminuir la factura fiscal presente, pues el pasado, pasado está.

Tributar dos veces por lo mismo

El grupo fundado por José Silveira Cañizares, fallecido en 2023, recurrió ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia para intentar minorar la base imponible del Impuesto de Sociedades del ejercicio de 2019 en 908.000 euros. La disputa es muy técnica y parte de la calificación de determinados ingresos por servicios prestados intragrupo, en este caso, los de la filial inmobiliaria Nosa Terra 2000 al hospital privado. La compañía pretendía que esos ingresos se considerasen participación en beneficios y así acogerse a la exención prevista en la Ley del Impuesto sobre Sociedades para dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios.

La interpretación de la compañía es que estos ingresos no fueron deducibles en su momento, en los ejercicios 2007 y 2008, una vez que fueron regularizados, por lo que sumarlos de nuevo a la base imponible del Impuesto de Sociedades de 2019 constituiría una doble imposición y un enriquecimiento ilícito por parte del Estado.

La factura fiscal se activó con la venta

La interpretación del TEAC y del TSXG es otra. Los magistrados explican que la exención ya se aplicó en la regularización realizada para los ejercicios de 2007 y 2008 (que se hizo, claro, a posteriori, en 2012) y que, si bien Povisa no dedujo esos trabajos, el Grupo Nosa Terra no tributó por ellos en el proceso de consolidación. «El aumento de las base imponibles individuales de Povisa por importes de 607.200 euros en 2007 y de 601.227 euros en 2008 por no reconocerse la deducibilidad de determinados gastos» llevó aparejada las «eliminaciones por dichos importes que minoraron las bases imponibles consolidadas del grupo«, explica la sentencia. «La mecánica de funcionamiento del régimen de consolidación fiscal obliga posteriormente, al abandonar Povisa el grupo, a incorporar el resultado eliminado a la base imponible del grupo fiscal del año 2019», dicen los magistrados. Por este motivo, no se produce la doble imposición.

En el ámbito administrativo del TEAC, y por extensión en el judicial que toma su resolución como referencia, se reconoce que la calificación de esos servicios pudo ser errónea y que cabría la posibilidad de que fuesen deducibles en su momento. Sin embargo, Grupo Nosa Terra firmó las actas en conformidad, sin presentar recurso, por lo que están consolidadas. En consecuencia, ahora no hay posibilidad de cambiar esa calificación.

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