El Supremo lleva a Homs al banquillo

El juez instructor acusa de desacato al diputado del PDeCAT

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El juez instructor de la causa seguida en el Tribunal Supremo contra el diputado y exconseller de Presidencia de la Generalitat Francesc Homs por la consulta del 9N ha dado el último paso previo a la apertura de juicio contra él con un auto que recuerda que el político era consciente de su desobediencia al TC.

Homs «potenció» la celebración de la consulta del 9N «a pesar de ser consciente de la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional y la consecuente inviabilidad de su celebración», apunta el magistrado.

Con ello cometió «desacato» al Tribunal Constitucional (TC) de manera «abierta, obstinada y pertinaz» y con pleno conocimiento de que perseguía imponer la voluntad de la Generalitat a la del poder constituyente, despreciando así su legitimidad, dice el juez.

Andrés Palomo ha cerrado hoy la investigación del caso y ha pedido a la Fiscalía que solicite apertura de juicio contra Homs o el archivo de la causa.

Prevaricación y desobediencia

En concreto, el magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo, instructor de la causa seguida por delitos de prevaricación y desobediencia contra Homs en relación a la consulta del 9N de 2014, ha dictado auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado.

Con ello pone fin a la investigación de los hechos y da un plazo de diez días a la Fiscalía para que solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o bien el sobreseimiento de las actuaciones. El fiscal podría, excepcionalmente, solicitar la celebración de alguna diligencia complementaria.

En el auto, de 33 folios, el juez recuerda que Homs, como portavoz del Gobierno de la Generalitat y conseller de Presidencia en el momento de los hechos, era máximo responsable de los Servicios Jurídicos de la Generalitat, de la coordinación interdepartamental, así como de la publicidad institucional y de la comunicación.

Desde esa responsabilidad, «no suspendió ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta, ni siquiera los que dependían directamente del Departament de la Presidencia del que era titular, a pesar de ser consciente de la inviabilidad de la celebración» de la consulta.

Al contrario, dice, Homs «potenció el desarrollo del denominado proceso participativo» y «dio amparo, que afirmaba resultante de consultas jurídicas en realidad inexistentes, a otras actividades de carácter decisivo para la celebración de la consulta».

Incluso «realizó también alguna contratación ulterior tendente a la efectividad de la consulta, y comunicó la no difusión de la campaña institucional por parte de algunos medios al organismo administrativo competente para sancionarlos».

Economía Digital

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