El Supremo no ve causa contra López Aguilar por malos tratos

El alto tribunal da un varapalo al juzgado de Violencia de Género de Canarias por la inconsistencia de sus argumentos

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El ex ministro y eurodiputado Juan Fernando López Aguilar puede respirar tranquilo. El Tribunal Supremo estima inconsistentes las acusaciones de malos tratos tramitadas por el juzgado de Violencia contra la Mujer de Canarias; y, además, rechza algunos de los hechos imputados porque en su día ya fueron archivados.

El Supremo considera respecto al primero de los procedimientos interpuestos por el juzgado canario que en el argumento de la jueza hay un error importante, y es que su «exposición razonada omite» que esta causa, abierta a partir de unas declaraciones del hijo de la ex mujer del eurodiputado, fue archivada con una decisión que ya es firme.

Falta de precisión

«El razonamiento de la instructora prescinde de un dato decisivo», le reprocha el alto tribunal en referencia a este archivo. A partir de este punto, el Tribunal Supremo le devuelve el caso para que «precise» qué hechos podrían dar lugar en su caso a la imputación de López Aguilar, excluyendo aquellos sobre los que ya se ha dictado el sobreseimiento libre.

La exposición razonada incluía además un segundo procedimiento, abierto a partir de una investigación policial destinada a esclarecer las causas de dos incendios domésticos ocurridos en el domicilio de la ex mujer de López Aguilar.

Acusaciones imprecisas

Esta diligencia policial llevó a declaraciones judiciales de la ex mujer apuntando los supuestos maltratos, denuncia que fue refrendada por otra declaración pero que, sin embargo, señalaba hechos afectados por el archivo ya citado.

En este sentido, el Supremo considera que resulta necesario que la jueza precise qué le imputa en concreto a López Aguilar, ya que la declaración de la ex mujer no hace «una sucesión ordenada de los hechos delictivos» que denuncia.

Ni el momento ni el lugar

«El marco cronológico de las supuestas agresiones fluctúa entre episodios que sucedieron ‘antes de 2009’, ‘ayer’, ‘el día de Nochevieja’, ‘sobre el año 2000’, ‘hace más de seis años’, ‘en noviembre del año pasado’, y también que se desarrollaron ‘en Madrid … hace dos años’, ‘en Madrid alguna vez’, ‘este verano en el Sur’ o ‘hace unos 7 años en la cama de Las Palmas, aunque no recuerda por qué», reseña el auto del Supremo.

La fiscalía informó el pasado mes de abril a favor de que se abriera en el Tribunal Supremo una causa contra el eurodiputado canario porque entiende que de las diligencias remitidas desde Canaria se desprende «indiciariamente la existencia de delito». 

Economía Digital

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