La sentencia contra el BBVA frena la compra de viviendas

Se ha suspendido la inscripción de hipotecas hasta que se subsanen los defectos derivados de la nulidad de la demora del 19% fijada por el banco

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La compleja sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de junio, que declaraba nula la aplicación por parte del BBVA de un interés de demora del 19% por la ejecución de un préstamo hipotecario, ha tenido efectos inmediatos.

A los pocos días de conocerse el dictamen del Alto Tribunal, los registros de la propiedad procedieron a suspender las inscripciones de algunas hipotecas hasta que la entidad subsanase los defectos de las hipotecas afectadas.

La medida, dada a conocer por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a través de la Estadística de Transmisiones de Derechos de la Propiedad correspondiente al mes de julio, rompía con la tendencia al alza de compraventas que se venía manteniendo.

Drástica caída de compraventas en julio

Así, en julio se inscribieron casi un 9% menos de fincas y, en el caso de la compraventa de viviendas, las transacciones apenas fueron 33.000. Solo un 1,1% más que un año antes, cuando en los meses precedentes de mayo y junio los incrementos registrados fueron superiores al 20%.

La sentencia del Supremo cerraba un pleito entre el BBVA y el cliente con el que, en noviembre de 2004, había concertado un préstamo hipotecario de 295.000 euros, ofreciendo como garantía una vivienda tasada en 241.265 euros, y un local comercial  tasado en 168.357 euros. El 28 de septiembre de 2005, se amplió la suma prestada en 8.000 euros.

Ejecución hipotecaria por un principal de 290.000 euros

El contrato contenía una cláusula relativa a la aplicación de un interés de demora del 19% por los impagos que pudieran producirse. Tras dejar de pagar algunas cuotas del préstamo, el BBVA instó la ejecución por un importe principal de algo más de 290.000 euros.

Posteriormente, el  banco se adjudicó el inmueble por casi 323.000 euros, quedando un sobrante de 13.000 euros tras las costas.

BBVA pedía 88.000 euros por demora

A partir de aquí, el banco presentó una liquidación de intereses de 87.700 euros, en aplicación del interés de demora del 19%, previsto en la póliza de préstamo hipotecario. La oposición del cliente, invocando el carácter abusivo de este interés de demora, dio paso al litigio que el Supremo zanjaba el pasado mes de junio.

El razonamiento del Alto Tribunal para considerar abusivo el interés moratorio del 19% se apoya en el reconocimiento de una desproporción entre la indemnización solicitada por el banco y el quebranto patrimonial efectivamente causado.

Economía Digital

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