Pensiones: este es el complemento que puedes recibir si te prejubilas

Te explicamos cómo puedes cobrar este complemento si te has prejubilado antes de la nueva reforma de Escrivá

Hombre y mujer jubilados. Pixabay.

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Esta última década ha habido grandes cambios en las pensiones, uno de ellos ha sido la edad para acceder a una pensión contributiva, que para 2027 llegará a los 67 años. Una de las principales novedades que ha introducido la reforma impulsada por el ministro de Inclusión Social y Seguridad Social, José Luis Escrivà, es la aplicación de coeficientes reductores, que suponen una penalización en la cuantía de las pensiones.

Estos coeficientes reductores se aplican a las jubilaciones anticipadas de este año y han creado ciertas diferencias con los trabajadores que solicitaron la jubilación anticipada con condiciones distintas. Por ello, y con el fin de igualar condiciones, han impulsado un complemento para recompensar a todas aquellas personas que puedan ver su cuantía perjudicada por las nuevas reducciones en comparación con los nuevos jubilados anticipados con condiciones similares.

La cuantía de este complemento en la pensión de jubilación se calcula a partir de la diferencia entre la cuantía resultante de aplicar a la pensión inicial los coeficientes reductores previstos en la nueva norma y la pensión reconocida. Este complemento, que no es indefinido y está en período de prueba, se abona cada mes y ya está integrada en la pensión de jubilación.

Requisitos

Como en la mayoría de pensiones, hay que cumplir una serie de requisitos para poder acceder a este complemento si te prejubilas:

  • Haber accedido a la jubilación anticipada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021.
  • Carrera de al menos 44 años y seis meses de duración o que, con una carrera de al menos 40 años, y que tengan una pensión de menos de 900 euros mensuales.
  • Acreditar que se cobra una pensión inferior con la que tendrían si se aplicaran los coeficientes reductores de la nueva reforma impulsada por Escrivá.

Jubilación a los 64 años

Las personas interesadas en la jubilación anticipada voluntaria deben haber cotizado un mínimo de 35 años. Además, conviene tener en cuenta que dos años de cotización deberán estar situados en los 15 años anteriores al hecho causante, que suele ser el cese de la actividad laboral. La jubilación anticipada se puede acceder hasta dos años antes de la edad que marca la legislación actual, este año, marcada en los 66 años y dos meses. Así, la jubilación anticipada puede pedirse con 64 años y dos meses, si se ha cotizado durante un periodo mayor a 37 años y 6 meses.

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