Domicilio fiscal y padrón: ¿Deben coincidir? Y como hacer el cambio en casos particulares

Descubre las claves y riesgos al alinear o diferenciar tu domicilio fiscal y empadronamiento, además explora los casos específicos

Un hombre rellena el empadronamiento en el Ayuntamiento

La compleja relación entre el domicilio fiscal y el empadronamiento despierta dudas y riesgos para los contribuyentes. Foto: Envato

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En el complicado entramado de normativas fiscales, la relación entre el domicilio fiscal y el empadronamiento suele generar confusión entre los contribuyentes. Aunque la ley establece que no es obligatorio que ambos coincidan, la realidad plantea interrogantes sobre posibles riesgos y consecuencias.

Según una Sentencia del Tribunal Supremo de 2001, el padrón de habitantes y el registro de domicilios fiscales son independientes, lo que significa que un cambio en el padrón no implica automáticamente una modificación del domicilio fiscal. No obstante, esto no excluye la posibilidad de alinear ambos, siendo el punto de fricción la definición de residencia habitual.

La ley de IRPF equipara el domicilio fiscal a la residencia habitual, pero introduce matices al considerar también el lugar donde se realiza la actividad económica. Esta ambigüedad permite que domicilio fiscal y padrón sean diferentes, lo que se vuelve crucial al hacer la declaración de la renta.

El padrón y el registro de domicilios fiscales son independientes

Casos particulares

Parejas recién casadas con dos viviendas

Para aquellas parejas recién casadas que mantienen dos viviendas, surge la interrogante sobre la posibilidad de desgravar por la antigua vivienda si ambos cónyuges siguen empadronados en ella. Sin embargo, la respuesta es negativa. A efectos fiscales, la nueva residencia conyugal debe convertirse en el domicilio fiscal, y la antigua vivienda habitual ya no puede desgravarse. La opción de venta o alquiler de la propiedad anterior podría ser la solución para evitar cargas económicas adicionales.

Parejas que residen en localidades diferentes

En casos más complejos, donde las familias poseen varias viviendas y ambos cónyuges residen en localidades distintas, Hacienda permite incluir dos domicilios para tributar de manera individual por cada uno. Sin embargo, si optan por la declaración conjunta, deberán tributar en la comunidad donde el cónyuge con mayores ingresos resida, lo cual podría generar complicaciones, especialmente en situaciones donde uno de los miembros se desplace por motivos laborales.

Si una pareja hace la declaración conjunta, se recomienda tributar en la comunidad donde el cónyuge con mayores ingresos resida

Arrendador y arrendatario empadronados en la misma vivienda

En el caso de alquileres de habitaciones dentro de la vivienda principal, no existe un problema fiscal por el simple hecho de que arrendador y arrendatario estén empadronados en la misma vivienda. Sin embargo, Hacienda puede utilizar esta información para verificar el alquiler y, en consecuencia, exigir la inclusión de los ingresos en la declaración de la renta. Es esencial tener en cuenta que, si el arrendador ya no reside en la vivienda, no podrá seguir empadronado en la misma.

Domicilio fiscal de una persona en una residencia de ancianos

En situaciones donde una persona reside en una residencia de ancianos, dicha residencia se considerará su domicilio fiscal y habitual cuando se confirme que no regresará a su hogar o cuando pase más de la mitad del año en la residencia. Esta circunstancia plantea la pregunta sobre la inclusión de la antigua casa como imputación de renta en la declaración de IRPF, y la respuesta es afirmativa. La casa en propiedad constituirá una imputación de renta al convertirse la residencia de ancianos en la vivienda habitual.

Una auxiliar de enfermería ayuda a un señor a caminar
La residencia se considerará su domicilio fiscal y habitual cuando se confirme que no regresará a su hogar. Foto: Envato

Cambios de casa durante el año

En caso de mudanza durante el año, el domicilio fiscal puede cambiar incluso si el padrón permanece igual. Es crucial reflejar correctamente esta información en la declaración de la renta para evitar posibles complicaciones con Hacienda.

¿Cómo cambiar el domicilio fiscal?

Para cambiar el domicilio fiscal, se puede recurrir al Modelo 030 a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Este procedimiento es esencial cuando se producen cambios de residencia habitual, empadronamiento, o cualquier situación que afecte la dirección de correspondencia.

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Marta Pérez

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